Ordenanza N° 2175 NO

Datos de la ordenanza
Número
2175
Fecha de sanción
28/06/2000
Vigencia
NO
Decreto
875
Tema
Transporte de Carga
Comisión
Policía Municipal
Descripción

ARTICULO 1°.- INCORPORASE el Artículo 5° Bis) a la Ordenanza Municipal N°

1293 el cual quedará redactado de la siguiente manera:

“

ARTICULO 5° BIS).- Se darán por cumplidos los requerimientos especificados en

los Incisos a), b), c), e) y f) del Artículo 4° y el Inciso d) del Artículo 5° de la presente

Ordenanza, a todos aquellos interesados que al momento de solicitar la Habilitación

Municipal para determinada unidad de transporte de carga, ya hayan obtenido la

Habilitación Provincial de ésa misma unidad.

Para acogerse a éste beneficio deberán exhibir original y copia de la Habilitación

Provincia otorgada por la Dirección de Transporte de la Provincia de Tierra del

Fuego.-“

ARTICULO 2°.- Regístrese. Pase al Departamento Ejecutivo Municipal para su

promulgación, dese al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHÍVESE.-

ORDENANZA MUNICIPAL N° 2175 .-

DADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA: 28/06/2000.-

PROMULGADA POR DECRETO MUNICIPAL N° 875 / 2000.-

Observaciones
NULL
Vínculos con otras ordenanzas