Ordenanza N° 2119 NO

Datos de la ordenanza
Número
2119
Fecha de sanción
06/10/1999
Vigencia
NO
Decreto
1629
Tema
Asociaciones Vecinales
Comisión
—
Descripción

ARTICULO 1º.- MODIFICASE el Artículo 34º de la Ordenanza Municipal Nº 262 ( T.O.

según Ordenanza Municipal Nº 604) y su modificatoria ordenanza municipal Nº 687, el

que quedará redactado según se transcribe a continuación:

¨

ARTICULO 34º.- Los miembros de la Comisión serán elegidos por el voto directo de

los vecinos que acrediten como mínimo una residencia de NOVENTA (90) en la

jurisdicción del barrio y encontrarse empadronados. Los vecinos en asamblea

convocada por la Comisión Vecinal Provisoria, decidirá respecto del sistema electoral a

adoptar, los que podrán ser: Nominal por tachas, de preferencia, Lista Completa o

sistema D´ Hont; debiendo, en cualquier caso, garantizarse la representación

efectivamente proporcional.

El sistema electoral que se adopte, deberá ser puesto en conocimiento de la Autoridad

Municipal de Aplicación, con una antelación no inferior a los SESENTA (60) días

respecto de la fecha prevista para el acto comicial.-¨

ARTICULO 2º.- En los casos en que el sistema electoral adoptado por los vecinos sea

el de ¨ Nominal por tachas¨, el proceso electoral se ajustará a lo normado por la

Ordenanza Municipal Nº 687.-

ARTICULO 3º.- Comuníquese. Pase al Departamento Ejecutivo Municipal para su

promulgación, dése al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVESE.-

ORDENANZA MUNICIPAL N° 2119 .-

DADA EN SESION ORDINARIA DE FECHA: 06/10/99 .-

PROMULGADA POR DECRETO MUNICIPAL: 1629 / 99.-

Observaciones
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