Ordenanza N° 2023 NO

Datos de la ordenanza
Número
2023
Fecha de sanción
03/06/1999
Vigencia
NO
Decreto
872
Tema
Ordenanza Fiscal
Comisión
Hacienda, Presupuesto y Cuentas
Descripción

ARTICULO 1°.- MODIFICASE el Artículo 184 de la Ordenanza Fiscal vigente (Ordenanza Municipal N° 1507), el cual quedará redactado de la siguiente manera: "

ARTICULO 184°.- La baja por cambio de radicación a otra jurisdicción, se producirá a partir del traslado definitivo a la nueva jurisdicción, se tendrá como fecha de traslado la informada por el Registro de la Propiedad del Automotor y Créditos Prendarios y/o la asentada en el Título de Propiedad del Automotor y procederá al pago del impuesto en proporción y de acuerdo al trimestre en que se produzca. La baja por destrucción, desarme, robo o hurto del vehículo se otorgará una vez inscripta en el Registro dela PYcjpiedad- del Automotor y Créditos Prendarios y procederá al pago del impuesto devengado hasta el momento del siniestro y en proporción y de acuerdo al trimestre del año en que se produzca, acreditando tal situación con la denuncia policial y/o ante la compañía aseguradora y/o autoridades administrativas, según corresponda. Para los casos de venta de vehículos cuya transferencia no se efectúe en el momento, el contribuyente deberá comunicar tal situación a la Dirección General de Rentas de la Municipalidad de Ushuaia y deberá acreditarla mediante la presentación de la denuncia de venta, debidamente intervenida por el Registro de la Propiedad del Automotor y Créditos-Prendaríos y procederá al pago del impuesto hasta la fecha de comunicación."

ARTICULO 2°.- Comuníquese. Pase al Departamento Ejecutivo para su promulgación, dese al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVESE.- ORDENANZA MUNICIPAL N° DADA EN SESION EXTRAORDINARIA DE FECHA: 03/06/99.-

Observaciones
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Vínculos con otras ordenanzas