Ordenanza N° 1860 NO

Datos de la ordenanza
Número
1860
Fecha de sanción
25/02/1998
Vigencia
NO
Decreto
291
Tema
Concejo Deliberante
Comisión
Legislación e Interpretación
Descripción

ARTICULO 1°.- MODIFICASE el Artículo 1° de la Ordenanza Municipal N° 1610, el

cual quedará redactado de la siguiente forma:

“

ARTICULO 1°.- CREASE en el seno del Concejo Deliberante, durante el período de

Sesiones Ordinarias, “La Banca del Pueblo”, espacio este, mediante el cual todo

habitante de nacionalidad argentina que posea radicación en nuestra ciudad, tendrá

derecho a exponer sobre temas comunitarios o Proyectos de Interés General.”

ARTICULO 2°.- Comuníquese. Pase al Departamento Ejecutivo Municipal para su

promulgación, dese al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVESE.-

ORDENANZA MUNICIPAL N° 1860 .-

DADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA: 25/02/1998.-

PROMULGADA POR DECRETO MUNICIPAL N° 291 / 98.-

Observaciones
NULL
Vínculos con otras ordenanzas