Datos de la ordenanza
Número
1860
Fecha de sanción
25/02/1998
Vigencia
NO
Decreto
291
Tema
Concejo Deliberante
Comisión
Legislación e Interpretación
Descripción
ARTICULO 1°.- MODIFICASE el Artículo 1° de la Ordenanza Municipal N° 1610, el
cual quedará redactado de la siguiente forma:
“
ARTICULO 1°.- CREASE en el seno del Concejo Deliberante, durante el período de
Sesiones Ordinarias, “La Banca del Pueblo”, espacio este, mediante el cual todo
habitante de nacionalidad argentina que posea radicación en nuestra ciudad, tendrá
derecho a exponer sobre temas comunitarios o Proyectos de Interés General.”
ARTICULO 2°.- Comuníquese. Pase al Departamento Ejecutivo Municipal para su
promulgación, dese al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVESE.-
ORDENANZA MUNICIPAL N° 1860 .-
DADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA: 25/02/1998.-
PROMULGADA POR DECRETO MUNICIPAL N° 291 / 98.-
Observaciones
NULL
Vínculos con otras ordenanzas
Esta ordenanza modifica a:
N° 1610
ARTICULO 1º.- CREASE en el seno del Con
Esta ordenanza fue derogada por:
N° 2477
ARTICULO 1º.- INSTITÚYASE el marco reg
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