ARTICULO 1º.- MODIFICASE el inciso c), del artículo 1º, de la Ordenanza Municipal
Nº 412, el que quedará redactado de la siguiente forma:
“c) CONDUCTOR DE TAXI: Persona habilitada para conducir automóviles de
alquiler con taxímetro que pueda ser titular de la Licencia de Taxi o conductor no
titular -Chofer auxiliar-, este último podrá ser empleado por el titular de la licencia en
relación de dependencia o desempeñarse como trabajador autónomo y deberá ser
habilitado por la Municipalidad.”.
ARTICULO 2º.- Comuníquese. Pase al Departamento Ejecutivo para su
promulgación, dése al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVESE.
ORDENANZA MUNICIPAL N° 1652 .-
DADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA: 14/08/1996.-
PROMULGADA POR DECRETO MUNICIPAL N° 1211 / 96.-