Ordenanza N° 1636 NO

Datos de la ordenanza
Número
1636
Fecha de sanción
03/07/1996
Vigencia
NO
Decreto
1108
Tema
Espacios Públicos
Comisión
Planeamiento y Obras Públicas
Descripción

ARTICULO 1º.- MODIFICASE el artículo 1º de la Ordenanza Municipal Nº 927, el

que quedará redactado de la siguiente manera:

“

ARTICULO 1º.- ESTABLECESE la obligación para los propietarios, locatarios,

adjudicatarios u ocupantes de viviendas particulares, de propiedad horizontal,

oficinas y predios ubicados dentro del Ejido Urbano Municipal, de mantener en

época invernal libre de hielo y nieve las veredas ubicadas en los límites de sus

frentes, ante las avenidas y calles de la ciudad.”.

ARTICULO 2º.- MODIFICASE el artículo 3º de la Ordenanza Municipal Nº 927, el

que quedará redactado de la siguiente forma:

“

ARTICULO 3º.- En el caso de que los propietarios de edificios o predios donde

habitaren, fueran jubilados y/o pensionados, del régimen nacional y/o provincial,

para este último caso siempre y cuando posean un solo inmueble destinado a

vivienda propia y permanente y cuyos ingresos mensuales sean inferiores al

equivalente a una Categoría “16” del Escalafón Municipal; y los discapacitados y/o

impedidos físicamente por la edad, la tarea de limpieza será ejecutada por la

Municipalidad, cada vez que así lo requiera el Contribuyente ante la Secretaría de

Obras y Servicios Públicos, facturándose al mismo los importes establecidos en el

artículo 2º de la presente, autorizando a la Secretaría de Obras y Servicios Públicos

a establecer los planes de pago que crea conveniente, en forma conjunta con el

Contribuyente.”.

ARTICULO 4º.- MODIFICASE el inciso b), artículo 4º, de la Ordenanza Municipal Nº

927, el que quedará redactado de la siguiente manera:

“b) En caso de reincidencia, se aplicará una multa equivalente al doble de la

establecida en el inciso a) del presente artículo y en escalas sucesivas por

reincidencia hasta el límite de 96 U.F.A. por metro cuadrado.”.

ARTICULO 5º.- Comuníquese. Pase al Departamento Ejecutivo para su

promulgación, dése al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVESE.

ORDENANZA MUNICIPAL N° 1636 .-

DADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA: 03/07/1996.-

PROMULGADA POR DECRETO MUNICIPAL N° 1108 / 96.-

Observaciones
NULL
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