Ordenanza N° 1601 NO

Datos de la ordenanza
Número
1601
Fecha de sanción
08/05/1996
Vigencia
NO
Decreto
794
Tema
Código de Planeamiento
Comisión
Planeamiento y Obras Públicas
Descripción

ARTICULO 1º.- EXCEPTUASE de las normas que fija el Código de Planeamiento

Urbano y la Ordenanza Municipal Nº 1496, a la Obra sita en la Parcela 3 del Macizo

21, de la Sección “L”, propiedad del señor Remberto MENESES MONTANO,

autorizándose a Uso Taller Mecánico.

ARTICULO 2º.- AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a otorgar una

Habilitación Comercial provisoria por un (1) año, prorrogable hasta un máximo de

tres (3) años, la que será factible, de no mediar denuncia de los vecinos,

comprobable por el Ejecutivo Municipal.

ARTICULO 3º.- Cumplido el plazo mencionado en el artículo 2º, el solicitante deberá

trasladar su taller a un terreno ubicado en zona apta, según los loteos administrados

por el área competente, en cuyo caso no se aceptarán nuevos pedidos de prórroga.

ARTICULO 4º.- Autorízase a mantener la edificación una vez efectuado el traslado,

condicionado a que dicho edificio fuera destinado a un Uso permitido, de acuerdo a

los Códigos vigentes.

ARTICULO 5º.- En caso de no cumplimentarse lo establecido en el artículo 4º, se

deberá proceder a la demolición de la obra, quedando a cuenta y cargo del

propietario.

ARTICULO 6º.- Comuníquese. Pase al Departamento Ejecutivo para su

promulgación, dése al Boletín Oficial para su publicación y ARCHIVESE.

ORDENANZA MUNICIPAL N° 1601 .-

DADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA: 08/05/1996.-

PROMULGADA POR DECRETO MUNICIPAL N° 794 / 96.-

Observaciones
NULL
Vínculos con otras ordenanzas
Esta ordenanza fue modificada por:
N° 1653 ARTICULO 1º.- MODIFICASE el artículo 1
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