Ordenanza N° 1587 NO

Datos de la ordenanza
Número
1587
Fecha de sanción
04/03/1996
Vigencia
NO
Decreto
422
Tema
Espacios Públicos
Comisión
Planeamiento y Obras Públicas
Descripción

ARTICULO 1º.- SUPRIMASE el artículo 2º, de la Ordenanza Municipal Nº 927/92.

ARTICULO 2º.- SUSTITUYASE el inciso a), del artículo 4º de la Ordenanza

Municipal Nº 927/92, el cual quedará redactado de la siguiente manera:

“a) La primera vez se aplicará una multa de 3 U.F.A. por metro cuadrado a todo

propietario, adjudicatario, locatario u ocupante que no diera cumplimiento al

artículo 1º de la presente Ordenanza en el plazo de veinticuatro horas (24 Hs.)

corridas a partir de la notificación fehaciente, siempre que las condiciones

climáticas así lo permitan.”.

ARTICULO 3º.- Comuníquese. Pase al Departamento Ejecutivo para su

promulgación, dése al Boletín Oficial Municipal para su promulgación y

ARCHIVESE.

ORDENANZA MUNICIPAL N° 1587 .-

DADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA: 03/04/1996.-

PROMULGADA POR DECRETO MUNICIPAL N° 422 / 96.-

Observaciones
NULL
Vínculos con otras ordenanzas