Ordenanza N° 1041 NO

Datos de la ordenanza
Número
1041
Fecha de sanción
21/10/1992
Vigencia
NO
Decreto
1012
Tema
Cementerio
Comisión
Policía Municipal
Descripción

ARTICULO 1º.- MODIFICASE el artículo 45 de la Ordenanza Municipal Nº 907/92,

el cual quedará redactado de la siguiente manera:

“

ARTICULO 45.- En las sepulturas en tierra, las mismas se cubrirán con una lápida

de hormigón de cero con cuarenta metros por cero con sesenta metros (0,40 m. x

0,60 m.), con una abertura portaflores en el ángulo derecho de quince centímetros

por quince centímetros (15 cm. x 15 cm.), que será provista en todos los casos por

la Municipalidad de Ushuaia, a los valores que se fijen por tarifaria.

Sobre dicha lápida se permitirá colocar una o más placas y/o signos con las

inscripciones correspondientes, no sobrepasando en tres centímetros (3 cm.) de

espesor de las mismas.”.

ARTICULO 2º.- Regístrese. Pase al Departamento Ejecutivo para su promulgación.

Cumplido. ARCHIVESE.

ORDENANZA MUNICIPAL N° 1041 .-

DADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA: 21/10/1992.-

PROMULGADA POR DECRETO MUNICIPAL N° 1012 / 92.-

Observaciones
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