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1315 01/01/1994
ARTICULO 1º.- PROHIBESE a partir del día 1º de Mayo y hasta el 31 de agosto de 1994, la apertura de zanjas, en calles pavimentadas y aceras con solado terminado, y la apertura de zanjas en calles sin pavimentar, aceras de tierra y todo espacio público sin solado.
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NO
1314 01/01/1994
ARTICULO 1º.- EXCEPTUASE del cumplimiento a las normas que fija el Código de Planeamiento Urbano, a la Obra sita en la Sección “B”, Macizo 90, Parcela 5a, propiedad del I.P.V., Adjudicataria la señora Mónica BENITEZ, autorizándose, de acuerdo al Anteproyecto presentado, obrante en el Expediente Nº B-066/94, a ocupar el Retiro Contrafrontal hasta una altura de basamento que no supere los 3,5 mts. desde el nivel del suelo natural, verificados sobre los ejes medianeros.
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NO
1313 01/01/1994
ARTICULO 1º.- CONCEDER a la FUNDACION DE AYUDA AL CELIACO FUEGUINO, la explotación de la Confitería ubicada en el 1er. piso del Complejo Polideportivo local.
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NO
1312 01/01/1994
ARTICULO 1º.- EXCEPTUASE del cumplimiento a las normas que fija el Código de Planeamiento Urbano, a la Obra sita en la Sección “L”, Macizo 01, Parcela 06, propiedad de la señora Silvia Liliana ALEGRE, autorizándose, de acuerdo al anteproyecto presentado, obrante en el Expediente Nº 608/A/93, a ocupar el Retiro Frontal obligatorio.
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NO
1311 01/01/1994
ARTICULO 1º.- CREASE la Dirección de la Policía Ecológica dependiente de la Secretaría de Gobierno Municipal.
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NO
Der. por 1420
1310 01/01/1994
ARTICULO 1º.- CREASE “Ad-Referéndum” del Concejo Deliberante, el DEPARTAMENTO DE ECOTURISMO - TURISMO NATURALISTA.
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NO
Der. por 1458
1309 01/01/1994
ARTICULO 1º.- APROBAR el Convenio suscripto oportunamente entre esta Municipalidad, representada por el señor Secretario de Gobierno Dn. Omar Enrique BECERRA, y la Asociación de Propietarios de Taxis de Ushuaia, obrante como Anexo I de la presente, a través del cual la Municipalidad autoriza a la mencionada Asociación a habilitar el kiosco con ingreso al público en la Parada del Servicio Público de Taxi Nº 2, sita en Avenida Malvinas.
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NO
1308 01/01/1994
ARTICULO 1º.- CREASE la SUBSECRETARIA PARA LA INTEGRACION DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD dependiente de la SECRETARIA DE GOBIERNO MUNICIPAL.
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NO
Der. por 1424
1307 01/01/1994
ARTICULO 1º.- Los ex-Combatientes que hayan participado en las acciones bélicas desarrolladas en el Atlántico Sur, entre el 2 de Abril y el 14 de Junio de 1982, que posean una propiedad inmueble ubicada en el ejido urbano de la Municipalidad de Ushuaia, quedarán a partir de la presente, exentos del pago del Impuesto Inmobiliario y de la Tasa General por Servicios Municipales.
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NO
1306 01/01/1994
ARTICULO 1º.- PROCEDASE toda vez que sea necesario a la incautación provisoria de vehículos automotores que infrinjan las normas vigentes, para su posterior depósito en lugares a establecer en espera de su correspondiente rehabilitación. Los efectos secuestrados quedarán en custodia de la dirección interviniente y a disposición del Juez de Faltas.
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NO
Mod. por 1854, 2272, 2719, 2876, 3245, 3381, 3585
Der. por 3774
1305 01/01/1994
ARTICULO 1º.- EXCEPTUAR al local comercial denominado "BLACK & WHITE", sito en calle Deloqui Nº 95 de nuestra ciudad, de lo dispuesto en el artículo 5º de la Ordenanza Municipal Nº 1183/93, permitiéndose su habilitación a menos de DOSCIENTOS (200) metros de un local de Culto.
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NO
1304 01/01/1994
ARTICULO 1º.- EXCEPTUASE del cumplimiento a las normas que fija el Código de Planeamiento Urbano, a la Obra sita en la Sección "B", Macizo 02, Parcela 12a, propiedad del señor José Enos PAREDES, autorizándose, de acuerdo al Anteproyecto presentado, obrante en el Expediente Nº P-120/94, a ocupar el Retiro Frontal con cuerpos salientes cerrados, que vuelan sobre la línea de Retiro obligatorio.
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NO
1303 01/01/1994
ARTICULO 1º.- EXCEPTUAR "Ad-referéndum" del Concejo Deliberante del cumplimiento a las normas que fija el Código de Planeamiento Urbano, a la Obra sita en la Sección "D", Macizo 41, Parcela 36, propiedad del señor Víctor Hugo NAVARRO, autorizándose, de acuerdo al Anteproyecto presentado, obrante en el Expediente Nº N-076/94, a: a) F.O.T. máximo 1,2; b) altura máxima 9 metros sobre Línea Municipal.
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NO
Mod. por 1666
1302 01/01/1994
ARTICULO 1º.- AUTORIZAR el Pago Voluntario, antes de la iniciación del proceso del sumario, del mínimo de la multa prevista, con un descuento de un diez por ciento (10%) para las infracciones enunciadas en los artículos 103, 105, 106, 107, 117, 118, 119, 120, 121, 123, 124, 127, 132, 139, 153, 166 bis, 177, 183, 190 y 198 de la Ordenanza Municipal Nº 235/87; artículo 5º de la Ordenanza Municipal Nº 482/88, modificada por la 490/89; y artículo 2º de la Ordenanza Municipal Nº 475/88.
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NO
Der. por 1492
1301 01/01/1994
ARTICULO 1º.- Conceder un predio en el Cementerio Municipal a favor de quien en vida fuera Isidro RAMOS.
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NO
Der. por 1405
1300 01/01/1994
ARTICULO 1º.- EXCEPTUASE del cumplimiento a las normas que fija el Código de Planeamiento Urbano, a la Obra sita en la Sección “D”, Macizo 64, Parcela 03, propiedad del I.P.V., adjudicatario Sergio JAIME, autorizándose, de acuerdo al Anteproyecto presentado, obrante en el Expediente Nº 370/J/87, a ocupar el Retiro Contrafrontal hasta una altura de basamento que no supere los 3,5 mts, desde el nivel de suelo natural, verificados sobre los ejes medianeros.
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NO
1299 01/01/1994
ARTICULO 1º.- MODIFIQUENSE los incisos b) y c) del artículo 1º de la Ordenanza Municipal Nº 746/91, los que quedarán redactados de la siguiente manera: “b) Calle “El Cano” entre Magallanes y el comienzo de la calle “Padre Federico Torre” sentido de circulación de Sur a Norte; c) Calle “Padre Federico Torre” desde su inicio hasta la intersección con la calle “Onas” sentido de circulación de Este a Oeste.”.
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NO
Mod. 746
1298 08/04/1994
artículos 175, inciso 5, y concordantes de la Constitución Provincial, y; CONSIDERANDO: Que es competencia de los municipios autónomos el establecer un sistema de revisión y control de cuentas y de la legalidad de los actos, conforme la norma constitucional citada. Que ello hace a la eficacia y transparencia de los actos de gobierno y a la eficacia y transparencia de los actos de gobierno y a la autonomía comunal consagrada por la Carta Magna Provincial. Que, mientras ello no ocurra, es imprescindible implementar un método sustitutivo, con similar índice de eficiencia. Que este Departamento Ejecutivo elevó al Concejo Deliberante con fecha 22-12- 92, el proyecto de Ordenanza creando la Contraloría Municipal de Ushuaia, proyecto que , hasta el presente y no obstante haber transcurrido ya catorce (14) meses no ha merecido el debido tratamiento. Que, por otra parte, el organismo provincial –Tribunal de Cuentas- que por imperio del artículo 180, inciso 3, de la Constitución Provincial debe ejercer el contralor de las cuentas municipales hasta la creación del sistema comunal propio, tampoco se encuentra integrado, luego de mas de dos años de instaladas las autoridades constitucionales. Que la Fiscalía de Estado Provincial no es competente en los asuntos municipales. Que el control contable de los actos municipales no se ofrece con la celeridad y diligencia necesarias, afectando la celebración de las contrataciones en debido tiempo y forma, además de ser ejercido por un organismo –Auditoría General del Gobierno Provincial- dependiente del Poder Ejecutivo Provincial, agraviándose la esencia misma del sistema municipal autónomo consagrado por la Constitución. Que la inminencia en la realización de obras públicas de gran envergadura por parte de este Departamento Ejecutivo hace imprescindible el ejercicio de un debido control de sus actos. Que en virtud de todo ello se estima improrrogable la creación del órgano de fiscalización municipal que se formaliza por esta Ordenanza, con las características de provisoriedad necesarias para no condicionar las futuras decisiones de la Convención Constituyente ni someter a las arcas del municipio a erogaciones que las desmedren y escapen de las previsiones presupuestarias. Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto conforme lo reglado por los arts. 81 y concordantes de la Ley 236 y 169 de la Constitución Provincial. Por ello: EL INTENDENTE MUICIPAL DE USHUAIA SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE O R D E N A N Z A: PROYECTO DE CONTRALORIA MUNICIPAL DE USHUAIA
ARTICULO 1º) CREASE la CONTRALORIA MUNICIPAL DE USHUAIA, que tendrá a su cargo el contralor técnico contable de la ejecución del presupuesto municipal, el control de legalidad de los actos y la representación judicial de la Municipalidad de Ushuaia.
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NO
1297 01/01/1994
ARTICULO 1º.- EXCEPTUASE del cumplimiento a las normas que fija el Código de Planeamiento Urbano, a la Obra sita en la Sección “B”, Macizo 60, Parcela 14, propiedad del señor Rubén Nicolás VALENCIO, autorizándose, de acuerdo al Anteproyecto presentado, obrante en el Expediente Nº V-156/94, a ocupar el Retiro Frontal obligatorio.
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NO
1296 01/01/1994
ARTICULO 1º.- CONCEDER un predio en el Cementerio Municipal a favor de quien en vida fuera Maribel OLGUERA ROJAS.
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NO
Der. por 1415
1295 01/01/1994
ARTICULO 1º.- INCLUYASE en el Capítulo IX TRANSPORTE DE CARGA de la Ordenanza Municipal Nº 235/87 los siguientes artículos: “
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NO
Mod. 235
Der. por 1492
1294 01/01/1994
ARTICULO 1º.- AGREGASE en la Ordenanza Municipal Nº 1111/93, Título VII, artículo 9º, punto 13), los aranceles que a continuación se detallan: “a) Por habilitación de camiones para el transporte de Carga en General, Re- siduos Sólidos Urbanos y Sustancias Alimenticias $ 100,00 b) Por Furgones, Kombi, para el Transpor- te de Cargas en General, Sustancias Alimenticias $ 70,00 c) Por cambio de unidades de los incisos ayb $ 10,00 d) Por habilitación de choferes del Trans- porte de Cargas en General, Residuos Sólidos Urbanos y Sustancias Alimenti- cias $ 7,00 e) Por baja de choferes del inciso d) $ 5,00.”.
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NO
Mod. 1111
1293 01/01/1994
ARTICULO 1º.- DEFINIR, como Transporte de Cargas en General la actividad consistente en el acarreo mediante vehículo automotor de todo tipo de cosas y/o bienes a granel, en contenedores, etc., a cambio de una contraprestación en dinero. La presente norma no será de aplicación a los vehículos habilitados como Taxi Flet.
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NO
Mod. por 1604, 1732, 2175, 2181
1292 01/01/1994
ARTICULO 1º.- APROBAR en todos sus términos el Convenio de Cesión de Uso celebrado entre LA MUNICIPALIDAD DE USHUAIA, representada por el señor Intendente Municipal Dn. Mario Domingo DANIELE, y LA ASOCIACION CIVIL DEFENSORES DEL SUD, representada por su Vice-Presidente Dn. Hugo FERNANDINO, mediante el cual LA MUNICIPALIDAD cede en uso gratuito y ASOCIACION así lo acepta, el predio descripto con una superficie de aproximadamente cinco (5) hectáreas.
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NO
1291 01/01/1994
ARTICULO 1º.- MODIFIQUESE el sentido de circulación de la calle Gobernador Deloqui desde su intersección con calle Yaganes hasta Juan Manuel de Rosas, la que a partir de la presente y por un período de sesenta (60) días, será de doble circulación.
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NO