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3063 19/10/2015
ARTICULO 1°.- ESTABLECER como único sentido de circulación vehicular para la calle Teniente Juan Domingo Perón el de Norte - Sur, desde su intersección con la calle Pastor Juan Lawrence y hasta su intersección con la calle Fuegia Básquet.
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3062 19/10/2015
ARTICULO 1°.- En los casos en que por falta de mensura registrada la Dirección General de Rentas Municipal no pueda liquidar los importes correspondientes al Impuesto Inmobiliario y Tasas Generales, el Municipio a través del área correspondiente procederá a dar de alta provisoria con la nomenclatura catastral que conste en la mensura en trámite y se procederá a la liquidación de los valores mínimos establecidos en cada caso.
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NO
Der. por 3500
3061 19/10/2015
ARTICULO 1°.- EXCEPTUAR al señor José Luis GONZALEZ, D.N.I. N° 11.744.524, de los alcances del Artículo 20 de la Ordenanza Municipal 2025.
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3060 19/10/2015
ARTICULO 1°.- MODIFICASE el Artículo 29 de la Ordenanza Municipal 2778, el que quedará redactado de la siguiente forma: "
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Mod. 2778
3059 19/10/2015
ARTICULO 1°.- ACEPTASE la donación efectuada por parte de la productora "Cuatro Cabezas", en agradecimiento a la colaboración de la Municipalidad de Ushuaia en la filmación "Algo Habrán Hecho-en Ushuaia", de UNA (1) reproductora de DVD Modelo DVP NS5OP - Marca SONY, por el valor de PESOS QUINIENTOS ($ 500,00), la cual se incorporará al Patrimonio de la Municipalidad de Ushuaia, Secretaría de Turismo.
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3058 19/10/2015
ARTICULO 1°.- AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a dar de baja de Bienes del Patrimonio Municipal, la cantidad de UN MIL (1.000) perchas de alambre.
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3057 19/10/2015
ARTICULO 1°.- AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a dar de baja del Patrimonio Municipal la camioneta marca Chevrolet, modelo LUV 4x4, Interno 94, Dominio UBE 032, vehículo que se encuentra en uso y a cargo de la Subsecretaría de Servicios Públicos de la Municipalidad.
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3056 19/10/2015
ARTICULO 1°.- EXCEPTUASE al señor ARCE VELÁSQUEZ Amada de lo establecido en el Inciso b) del Artículo 10 de la Ordenanza Municipal 2986, en lo referente a la antigüedad máxima exigida, para la admisión para la prestación del servicio del vehículo de su propiedad marca VOLKSWAGEN modelo Gol 1.6 5p, motor número UNF180226, chasis número 8AWZZZ5XZ1A204710; dejando expresa constancia que la presente no implica excepción a la antigüedad de DIEZ (10) años establecida en el Inciso a) del mismo Artículo 10.
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3055 19/10/2015
ARTICULO 1°.- DAR de baja del Patrimonio del Concejo Deliberante de la ciudad de Ushuaia, UN (1) Televisor de VEINTE PULGADAS (20"), Marca HITACHI — CDH2OGM7, cuyo costo asciende a la suma de PESOS SETECIENTOS OCHENTA Y CUATRO CON NOVENTA Y SIETE ($ 784,97).
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3054 19/10/2015
ARTICULO 1°.- MODIFICASE la Ordenanza Municipal 1503, en su Artículo 1 , eliminando en los títulos ARTERIAS DE DOBLE SENTIDO DE CIRCULACIÓN y en el de ESTACIONAMIENTO los párrafos conforme se detallan a continuación: ARTERIAS DE DOBLE SENTIDO DE CIRCULACION "Párrafo: Brigadier General Juan Manuel de ROSAS: Entre su intersección con General José FRANCISCO de SAN MARTIN y Gobernador Félix María PAZ." "Párrafo: Comandante Luis PIEDRABUENA: entre su intersección con Gob. Esteban 15ELOQUI y Gob. Félix María PAZ." "Párrafo: Gobernador Ernesto Manuel CAMPOS: entre su intersección con Antártida Argentina y 25 de Mayo y desde Comandante Luis PIEDRABUENA y LAS LENGAS." ESTACIONAMIENTO "Párrafo: Presidente Bernardino RIVADAVIA: en su margen Oeste en el tramo comprendido entre las calles Gob. Ernesto Manuel CAMPOS y Hernando de MAGALLANES." "Párrafo: Gobernador Ernesto Manuel CAMPOS: en su margen Sur en el tramo comprendido entre las calles Presidente Bernardino RIVADAVIA y Gob. Pedro GODOY." "Párrafo: Brigadier Geheral Juan Manuel de ROSAS: en su margen Oeste en el tramo comprendido entre las calles Gob. Esteban DELOQUI y General José de SAN MARTIN." "Párrafo: Brigadier General Juan Manuel de ROSAS: en su margen Este, en el tramo comprendido entre las Calles General José de SAN MARTIN y Esteban DELOQUI desde el 10 de Mayo el 31 de agosto de cada año, quedando facultado el Departamento Ejecutivo MunIcipal, para ampliar el plazo en caso de fenómenos climatológicos adversos anteriores o ' postenores al plazo estipulado."
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Mod. 1503
Deroga 2072, 2256, 2962
3053 19/10/2015
ARTICULO 1°.- MODIFICASE el Artículo 3° de la Ordenanza Municipal 2764, el que quedará redactado de la siguiente manera: "
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Mod. 2764
3052 19/10/2015
ARTICULO 1°.- SUSTITUYASE el Artículo 6° de la Ordenanza Municipal 2693, el que quedará redactado de la siguiente manera: "
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Mod. 2693
3051 19/10/2015
ARTíCULO 1°.- ESTABLECESE un marco regulatorio sobre la actividad que desarrollan personas físicas o jurídicas, vinculadas con la aplicación de: a) Tatuajes y cualquier práctica de características similares, mediante las cuales se introduzcan pigmentos colorantes en la piel por medio de punzaciones que atraviesen la barrera del tejido epitelial o mucosas: b) Realización de perforaciones, incisiones, agujeros o aperturas en el cuerpo con el propósito de la colocación de joyas u ornamentos decorativos de la piel, mucosas u otros tejidos corporales. CONTROLES:
ARTICULO 2 0 .- La habilitación de la actividad estará a cargo de la Dirección de Comercio, Industria y Vía Pública, debiendo requerir de la Subsecretaría de Salud de la Provincia, Dirección de Fiscalización Sanitaria, un informe previo del local a habilitar Departamento Ejecutivo Municipal, a través de las áreas técnicas pertinentes, realizara la fiscalización de la actividad comercial en los aspectos vinculados a las normas de higiene y seguridad edilicia, solicitando a la Subsecretaría de Salud de la Provincia. Dirección de Fiscalización Sanitaria, informes periódicos respecto del cumplimiento de las cuestiones sanitarias relativas a su propia competencia.
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3050 19/10/2015
ARTÍCULO 1°.- EXCEPTUASE del cumplimiento de los Artículos VII.2.11 "Distrito Reserva de Costa", de la Ordenanza Municipal N° 2139 (Código de Planeamiento Urbano), modificado por Ordenanza Municipal N° 2793, a la obra ubicada según nomenclatura catastral como Sección "E", Macizo 4, Parcela 2b, condicionado a que se mantenga el uso y la superficie actual declarada en el plano de obra que se tramita mediante Expediente de Obras Privadas N° 125/2005.
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3049 19/10/2015
ARTICULO 1°.- INCORPORASE como Artículo 1° a la Ordenanza Municipal N° 3031, el texto que se transcribe a continuación: "
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Mod. 3031
3048 19/10/2015
ARTICULO 1°.- AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a otorgar una habilitación comercial, a nombre de Polo Sur Automotores S.A. para explotar comercialmente el local ubicado en la Parcela 5, del Macizo 63 de la Sección "A", para el rubro "VENTA DE AUTOMOTORES NUEVOS Y/0 USADOS".
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3047 19/10/2015
ARTICULO 1°.- ABROGASE la Ordenanza Municipal N° 2999.
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Deroga 2999
3046 19/10/2015
ARTICULO 1°.- DEROGASE la Ordenanza Municipal N° 1534.
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Deroga 1534
3045 19/10/2015
ARTICULO 1°.- La Asesoría Letrada del Departamento Ejecutivo Municipal asistirá legalmente a Funcionarios o Agentes Municipales que, en ejercicio de sus funciones y ya sea por acción u omisión, se conviertan en parte querellante o querellada de Proceso Judicial, siempre que la contraparte no sea el propio Municipio en cualquiera de sus Departamentos.
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Mod. por 4449
3044 19/10/2015
ARTICULO 1°.- EXCEPTUASE del cumplimiento del Artículo VII.2.9. Indicadores Urbanísticos - Retiro de Frente Obligatorio, de la Ordenanza Municipal N° 2139 (Código de Planeamiento Urbano), a la obra ubicada según nomenclatura catastral en la Parcela 08 del Macizo 20 de la Sección "G", propiedad de Antonio Washington GODOY.
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3043 19/10/2015
ARTÍCULO 1 0 .- INCORPORESE a la Ordenanza Municipal N° 1508, Anexo I, Artículo 5°, "CATEGORÍAS ESPECIALES", el rubro "Locales para la realización de Tatuajes y actividades similares", como inciso f), fijando un derecho anual de PESOS DOSCIENTOS CUARENTA ($ 240,00), con UNA (1) inspección anual.
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NO
Mod. 1508
Der. por 3501
3042 19/10/2015
ARTICULO 1°.- CREASE, en función de la emergencia habitacional existente, el Consejo de Planificación Habitacional en el ámbito de la Ciudad de Ushuaia.
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Mod. por 3079, 3087
3041 19/10/2015
ARTICULO 1°.- AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a otorgar decreto de adjudicación y posterior título de propiedad a todos los vecinos que hayan suscripto Convenios con el Departamento Ejecutivo Municipal relativo a la urbanización de los predios ubicados en el sector denominado F - Remanente100, identificados como Sección "F", Macizos 120, 121 y 122, que hubieran construido su vivienda unifamiliar o se encuentren comprendidos en alguna de las operatorias que al efecto ejecute el Instituto Provincial de la Vivienda.
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Mod. por 3064
3040 19/10/2015
ARTICULO 1°.- EXCEPTÚASE a la señora Mabel del Carmen SANCHEZ, Documento Nacional de Identidad N° 14.487.357 de los alcances del Artículo 20 0 de la Ordenanza Municipal N° 2025.
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3039 19/10/2015
ARTICULO 1°.- SUSTITUYASE el Artículo 10 de la Ordenanza Municipal N° 3025, conforme se transcribe a continuación: "
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Mod. 3025