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3787 28/10/2010
ARTÍCULO 1 2 .- 1NCORPORAR, en el Clasificador de Actividades Económicas de Ushuaia (C.A.E.U.) aprobado por Ordenanza municipal 3501 (Tarifaria), en la posición K.01.39- Centros Culturales, con una alícuota de 1,00 por mil.
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Mod. 3501
3786 28/07/2010
ARTÍCULO 1 2 .- RATIFICAR, en todos sus términos, el Acta de Manifestaciones realizada a través de la Escritura Pública N 78/2008.
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3785 28/07/2010
ARTÍCULO AUTORIZAR, para la parcela identificada catastralmente como parcela 3b, macizo 37, sección A, de la ciudad de Ushuaia, propiedad de IM.CO.FUE. S.R.L., la implantación de un árbol ornamental ubicado sobre la acera a 0.74 metros, del cordón cuneta y a 1.59 metros, de la línea municipal.
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3784 28/07/2010
ARTÍCULO 1º.- EXCEPTUAR, a la Asociación Seiko Kai Karate Do-Ushuaia, Personería Jurídica A -466, del pago del arancel correspondiente al alquiler del Albergue Municipal, según lo dispuesto en la Ordenanza N°3501, Artículo 3°, Inciso ñ), para ser utilizados por los deportistas, que participarán del 2do. Seminario de Aikido, que se realizará los días 20, 21 y 22 de Agosto de 2010 en nuestra ciudad.
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3783 28/07/2010
ARTICULO 1º .- EXCEPTÚASE, al señor Víctor QUIÑIMPERA, de lo dispuesto en la Ordenanza N° 2192, Anexo I- Cláusula N° 34 y su modificatoria Ordenanza N° 3509, para que en su bóveda ubicada en la Sección: B; Manzana: 11; Lote: 79; del Cementerio Antiguo Municipal pueda efectuar la remodelación necesaria para construir un (1) nicho de tres (3) cuerpos.
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Mod. 2192
Mod. por 3509
3782 28/07/2010
ARTÍCULO 1º.- CREASE el Registro Municipal de la Pequeña y Mediana Empresa (PYME), de la ciudad de Ushuaia.
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3781 28/07/2010
ARTÍCULO 1º.- MODIFICAR, los artículos 24 y 25 de la Ordenanza Municipal Nº 2778, los que quedaran redactados de la siguiente manera:              "
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Mod. 2778
3780 28/07/2010
ARTÍCULO 1 2 .- DESIGNAR, con el nombre de "Plaza Libertador General José de San Martín" al espacio público comprendido entre las avenidas Maipú y Prefectura Naval Argentina, y las calles Onas y Guaraní, de acuerdo al croquis que como Anexo I se incorpora a la presente.
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3779 28/07/2010
ARTÍCULO 1°.- DESIGNAR, con el nombre "Plaza General Manuel Belgrano, al espacio público comprendido entre las calles Prefectura Naval Argentina, avenida Maipú, Piedrabuena y Don Bosco, de acuerdo al croquis que como Anexo I se incorpora a la presente.
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3778 28/07/2010
ARTÍCULO 1º.- MODIFICASE la Ordenanza Municipal 3500 en su Anexo I, Capítulo IV, Artículo 19, SUJETOS DE LA OBLIGACIÓN TRIBUTARIA, el que quedará redactado de la siguiente manera:             Artículo 19º.- Están obligados a abonar los tributos municipales y demás obligaciones fiscales, en la forma y oportunidad que fije Dirección, personalmente o por intermedio de sus representantes legales, los Contribuyentes, sus herederos y sucesores, según las disposiciones del Código Civil.             Están asimismo obligadas al pago las personas que administren los bienes de contribuyentes y todos aquellos designados como agentes de recaudación”.
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Mod. 3500
3777 28/07/2010
ARTÍCULO 1 °.- APROBAR, en la suma de PESOS DOSCIENTOS DIECIOCHO MILLONES CUATROCIENTOS VEINTIÚN MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y TRES CON TREINTA Y SIETE CENTAVOS ($218.421.473,37) las erogaciones de la Administración Municipal y el Concejo Deliberante para el Ejercicio 2009 con el destino y composición que se detalla analíticamente, en las planillas anexas que forman parte de la presente ordenanza, de acuerdo a la distribución y detalle que figura en los artículos 4° y 5º.
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3776 28/07/2010
ARTÍCULO 1º.- APROBAR, en la suma de PESOS CIENTO OCHENTA Y SIETE MILLONES SETENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y TRES CON NOVENTA CENTAVOS ($187.074.553,90) las erogaciones de la Administración Municipal y el Concejo Deliberante para el Ejercicio 2008 con el destino y composición que se detalla analíticamente, en las planillas anexas que forman parte de la presente ordenanza, de acuerdo a la distribución y detalle que figura en los artículos 4º y 5º
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3775 28/07/2010
ARTÍCULO 1°.- AUTORÍZASE una modificación al Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos para el año 2010, aprobado por la Ordenanza Municipal 3663, conforme al detalle que se consigna a continuación:    a) Incrementar el Recurso "001 001 001 001 — Impuesto Automotor" por un monto total de PESOS UN MILLÓN QUINIENTOS MIL ($ 1.500.000.-);    b) incrementar el Recurso "001 001 001 010 — Publicidad y Propaganda" por un monto total de PESOS CINCUENTA MIL ($ 50.000.-);    c) incrementar el Recurso "001 001 001 011 — Estacionamiento Medido" por un monto total de PESOS DIEZ MIL ($ 10.000.-);    d) incrementar el Recurso "001 001 001 019 — Permiso Uso y Derecho de Matadero" por un monto total de PESOS VEINTICINCO MIL ($ 25.000.-);    e) incrementar el Recurso "001 001 001 020 — Derechos de Construcción" por un monto total de PESOS CIEN MIL ($ 100.000.-);    f) incrementar el Recurso "001 001 001 021 — Tasa Servicio Especial de Limpieza e Higiene" por un monto total de PESOS UN MILLÓN CIEN MIL ($ 1.100.000.-);    g) incrementar el Recurso "001 001 001 024 — Derecho de Cementerio" por un monto total de PESOS DIEZ MIL ($ 10.000.-);    h) incorporar el Recurso "001 001 001 006 — Contribución por Mejoras" por un monto total de PESOS CUATROCIENTOS MIL ($ 400.000.-);    i) incrementar el Recurso "001 001 001 030 — Contribución por Mejoras Sector Oeste" por un monto total de PESOS TRECE MIL ($ 13.000. );    j) incrementar el Recurso "001 002 001 — Coparticipación" por un monto total de PESOS DOCE MILLONES ($ 12.000.000.-);    k) incrementar el Recurso "001 002 011 — Coparticipación Fondo Federal Solidario" por un monto total de PESOS UN MILLÓN OCHOCIENTOS ($ 1.800.000.-);    l) incrementar el Recurso "002 002 002 — Venta de Otros Activos" por un monto total de PESOS CUATROCIENTOS TREINTA Y UN MIL CUATROCIENTOS DOS ($ 431.402.- ).    m) incrementar el Recurso "001 001 001 003 — Tasa General por Servicios Municipales" por un monto total de PESOS TREINTA Y DOS MIL CIENTO SESENTA Y OCHO ($32.168.-);    n) incrementar el Recurso "001 001 001 026 — Convenio Alumbrado Público" por un monto total de PESOS CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS VEINTISÉIS CON OCHENTA Y SIETE CENTAVOS ($ 4.878.626,87).    o) incorporar el Déficit del Ejercicio anterior al Recurso "003 003 001 — Remanente Ejercicios Anteriores" por un monto de PESOS SIETE MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL CIENTO CUARENTA Y OCHO CON DIECIOCHO CENTAVOS ($ 7.365.148,18.-); p) Disminución del gasto correspondiente a la Partida 51 — Bienes de Capital — por un monto total de PESOS TRESCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL CIENTO CINCUENTA ( $ 359.150.-);    q) incremento del gasto correspondiente a la Partida 12 — Bienes de Consumo — por un monto total de PESOS DOSCIENTOS MIL ($ 200.000.-);    r) incremento del gasto correspondiente a la Partida 13 — Servicios No Personales — por un monto total de PESOS DIEZ MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA Y UN MIL TRESCIENTOS DIECISIETE CON VEINTIOCHO CENTAVOS ($ 10.881.317,28.-);    s) incremento del gasto correspondiente a la Partida 41 — Erogaciones Figurativas — por un monto total de PESOS DOSCIENTOS CUARENTA MIL CIENTO SESENTA Y UNO CON CUARENTA Y UN CENTAVOS ($ 240.161,41.-);    t) incremento del gasto correspondiente a la Partida 51 — Bienes de Capital — por un monto total de PESOS UN MILLÓN CUATROCIENTOS TREINTA Y UN MIL CUATROCIENTOS DOS ($ 1.431.402.-);    u) incremento del gasto correspondiente a la Partida 52 — Trabajo Público — por un monto total de PESOS DOS MILLONES QUINIENTOS NOVENTA Y UN MIL TRESCIENTOS DIECIOCHO ($ 2.591.318.-).
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Mod. 3663
3774 30/06/2010
ARTIÍCULO 1°.- PROCEDER a la incautación provisoria de vehículos automotores que infrinjan las normas vigentes, para su posterior depósito en los lugares destinados a ese efecto en espera de su correspondiente rehabilitación. Los efectos secuestrados quedarán en custodia de la dirección interviniente y a disposición del Juez de Faltas.
ARTÍCULO 2°.- Se procederá al secuestro del vehículo, previo al labrado del acta de infracción correspondiente, ante la comisión de las siguientes faltas:             a) comprobación de que el conductor es un menor de edad sin habilitación;              b) falta del Registro de Conducir;              c) falta del Seguro obligatorio;             d) falta de ambas chapas patente identificatorias del vehículo, circulando o estacionado en la vía pública;             e) falta de dispositivos de seguridad que pongan en riesgo a personas transportadas y/o a terceros;              f) conducir en estado de alteración psíquica,             g) conducir en estado de ebriedad o bajo los efectos de estupefacientes y/u otros;             h) impedir la circulación vehicular;             i) la obstrucción de Espacios reservados;             j) entorpecimiento de las tareas de limpieza invernal o estival con previo aviso;             k) falta de Revisión Técnica Obligatoria;             I) circular con vidrios que no cumplan con los requisitos de transparencia lumínica, de acuerdo con la Ordenanza Municipal N° 2484.             m) comprobar fehacientemente que del vehículo se están descargando o arrojando residuos sólidos urbanos en terrenos baldíos privados o fiscales, patios, fondo de terrenos, espacios verdes, turbales, chorrillos, ribera de los ríos, vía pública, costas marítimas lindantes con el ejido municipal y todo espacio posible de ser impactado.
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Deroga 1306,3188,3245,3585
Mod. por 4622
3773 30/06/2010
ARTÍCULO 1º.- AUTORIZAR, el Uso conforme a lo previsto en el Artículo VIII.1.7 del Código de Planeamiento Urbano, para la parcela denominada según nomenclatura catastral como A- 45- 4, 5 y , 6 solicitante: Ministerio de Educación de la Provincia de Tierra del Fuego.
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3772 30/06/2010
ARTÍCULO 1º .- MODIFICAR el inciso I) del articulo 3º "Aranceles del Polideportivo Municipal" del Anexo II Parte Especial, de la Ordenanza Municipal 3501, el que quedará redactado de la siguiente manera: "I) jubilados, pensionados, personas con discapacidad y participantes de programas de salud municipales, para la práctica de actividades deportivas incluyendo uso del natatorio...................................................................................................EXENTO”.
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Mod. 3501
3771 30/06/2010
ARTÍCULO 1º.- SUSTITÚYASE, el artículo 1º de La Ordenanza Municipal 1533, modificado por la Ordenanza Municipal 2691, el cual quedará redactado de la siguiente forma:             “Artículo 1º.- Establecer en el ámbito de la jurisdicción de la ciudad de Ushuaia, durante la temporada invernal o cuando las condiciones climatológicas así lo aconsejen, el uso obligatorio para todos los vehículos automotores en circulación, de cubiertas provistas de clavos, cadenas para nieve/hielo o cubiertas para uso de nieve severa que estén debidamente homologadas para tal fin. Las cubiertas (que no posean clavos) para uso en nieve severa deberán contener en su banda lateral exterior un logotipo universal identificatorio que las reconoce como tales de acuerdo al Anexo I de la presente, y ser siempre en pares comenzando por el eje motor, que es el delantero, si el vehículo es de tracción delantera y el de atrás, si es de tracción trasera. Los vehículos automotores afectados al Servicio Público de Transporte Colectivo de Pasajeros podrán circular excepcionalmente provistos de cubiertas con tacos cuando, a criterio de la autoridad de aplicación, las condiciones de transitabilidad así lo permitan, siempre que no sea posible o aconsejable utilizar cubiertas con clavos o cadenas para nieve/hielo”.
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Mod. 1533
Deroga 2691
3770 30/06/2010
ARTÍCULO 1º.- AUTORIZAR el uso "Lavadero y Engrase de Automotores" para el local sito en la parcela 5, del macizo 50, de la sección B, de la ciudad de Ushuaia, propiedad de la señora Elena Georgina Fajardo.
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Mod. por 3812
3769 30/06/2010
ARTÍCULO 1º.- EXCEPTUAR del pago de los Derechos de Cementerio, establecido en el artículo 1º, Parte Especial Anexo XII, Derecho de Cementerio, de la Ordenanza Municipal N° 3501, sus modificatorias y concordantes, a los deudos de quien en vida fuera don Cárdenas Aros Víctor Hugo y doña Aro Alvarado María Laura, cuyos restos descansan en el Cementerio "Parque del Mar" de nuestra ciudad, en la Fila 2, Lote 37, Manzana 16.
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3768 30/06/2010
ARTÍCULO 1º.- MODIFICAR el artículo 9º, de la Ordenanza Municipal N° 3567, el que quedará redactado de la siguiente manera: "
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Mod. 3567
3767 30/06/2010
ARTÍCULO 1º.- SUSTITUIR del artículo 2º, el inciso i), de la Parte Especial, Anexo IX, Tasa de Servicios Especiales de Limpieza e Higiene, de la Ordenanza Tarifaria Nº 3501, el que quedará redactado de la siguiente manera: “i) por cada limpieza de nieve y/o hielo de veredas, por metro, en un ancho de 1,20 m/1,50m aproximadamente: 1- viviendas $2,00 2- comercios, organismos públicos y privados, etcétera $5,00 3- baldíos $10,00 Para los inmuebles ubicados en las esquinas se aplicará el mismo criterio empleado en Tasa Generales, para tales casos”.
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Mod. 3501
3766 30/06/2010
ARTÍCULO 1'.- DESIGNAR, con el nombre de "Plaza Akainik" al espacio verde identificado catastralmente como parcela 16, macizo 7, sección E, de la ciudad de Ushuaia, solicitado por los vecinos del barrio La Colina.
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3765 30/06/2010
ARTÍCULO 1º .- ESTABLECER, en el ámbito de la ciudad de Ushuaia, el día 19 de noviembre de cada año, como "Día de la Prevención del Abuso en niños, niñas y adolescentes", con el objeto de reconocer y difundir esta problemática social.
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3764 30/06/2010
ARTÍCULO ADHERIR, a la Ley Nacional N 13064 y sus modificatorias.
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Mod. por 4567, 5837, 6368
3763 30/06/2010
ARTICULO 1º.- AUTORIZAR la actividad comercial, de acuerdo a la Tabla de Usos establecida en la Ordenanza Municipal Nº 2139 (Código de Planeamiento Urbano), para el predio identificado catastralmente como Parcela 10, del Macizo 21, de la Sección L, de la ciudad de Ushuaia, propiedad de la señora Patricia Ortiz de Zarate.
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