ARTICULO 1º.- AUTORIZASE la implantación de dos (2) carteles de
reglamentación, indicando "Estacionamiento Limitado", con la leyenda
"RESERVADO VEHICULOS DE LA INTENDENCIA DE PARQUE NACIONAL
TIERRA DEL FUEGO", separados entre sí por un espacio de doce (12) metros,
sobre la Avenida San Martín Nº 1395, frente al establecimiento.
ARTICULO 2º.- Por el Departamento Ejecutivo procédase a dar cumplimiento al
artículo 1º y a eximir a la Intendencia del Parque Nacional Tierra del Fuego, del
pago de la Tasa mensual por espacios reservados en la vía pública establecido en
la Ordenanza Tarifaria, Título VII, artículo 9º, inciso 18), por tratarse de un
organismo dependiente del Estado Nacional Argentino.
ARTICULO 3º.- Regístrese. Pase al Departamento Ejecutivo para su promulgación.
Cumplido. ARCHIVESE.
ORDENANZA MUNICIPAL N° 899 .-
DADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA: 29/11/1991.-
PROMULGADA POR DECRETO MUNICIPAL N° 1409 / 91.-