Ordenanza N° 830 NO

Datos de la ordenanza
Número
830
Fecha de sanción
23/08/1991
Vigencia
NO
Decreto
780
Tema
Transporte
Comisión
Policía Municipal
Descripción

Artículo 101', inciso 7', • para proyeetar Ordenanzas y proponer su sanción al Honorable Concejo Deliberante; Que de acuerdo a la Ley Territorial u 256, este Cuerpo cuenta con atribuclones para ordenar sobre el particu- lar; Por ello: EL hO'NORABLE CONCEJO DELlBERANTE DE LA MUN1CIPALIDAD DE USHIJAIA SAUCTONA CON FUERZA DE: O RDE NANZA

ARTICULO INCLUYASE en el texto de la Ordenanza Municipal N' 772/91, como artículo 15' "bis", lo siguiente: "

ARTICULO 13' bis.- Estos vehículos, además del extintor alnosalls Toncejo 2Telastanle 1. cissr/aa/ ale gh‘saia re¿lamentario exigido por la Lay 13.O93, (glamento General de Tránsito) deberán portar en la cala un matafuego de polvo químico de 5 (cinco) kilogramos de capacidad".-

ARTICULO 2'.- AGaLGASE al texto de la Ordenánza Municipal N 772/91, artículo 19, última parte: "

ARTICULO 19.- Para envase de más de 30 (treinta) kilogramos el usuario deberá contar con instalación aprobada por Gas del ilstado." ATICULO 3'.- 1:egístrese. Pase al departamento Ejecutívo, para su promulgación. Cumplido. ARChlVESL,,.- ORDEANZA MUNICIPAL N .() 3Z2 /91.- DADA SESION UP.DIARIA DE FLCAA: 23-8-91.- DA R 10 O. DA1,1111£ Director ciJ Adrn n sración Pridente HOnorable GÜnCejo Lieliberante D. 1991 .USHUAIA, 0 9 S VISTO1 La Ordenanza Münicipal $30 sancionada por el l'onorable concejo De liberante de ia Ciudadde,Ushuaia CONSIDERANDO1 Que m odiante el mismo s olicita se j ncluya en el texto de la Ordenanza Muninipal M Q7,2/91, COMO Articulo 152 lo quiente "

ARTICULO 152 bisl Estos vehlcules, además del ext ntor reglamentario exigido por ia Ley 191213.893, (Regiamento de .1:ren deberán p ortar en la caJa un mata .l'uego de polvo gulminQ de 5 (cinco) -kilogramos de ca pacidad," Y se agroge al texto de J. misma Ordenanza Mu nicipal, ',como A-ticulo j9Q, parte "

ARTICULO 1921 Para envase de.más de 30 (treinta) k ilogramos el usuario deberá contar con instalación aprobada por -Bas del E,tado„" Po• EL INTENDENTE M UNICIPAL DE USHUAIA D E.CRETA

ARTICULO JP„ -PROMULOAR ia Ordenanza Mu nicipal M12 13c /91,; s ahnionada por el Honorable Concejo, Del iberante de la ciudad de Ushuaia, por ia nual se inclLye:en él texto de ,la Ordenanza Municip1a4li2772/91, CO nDo A rtíCUiO •512 "bis", lo siguien' "ARTI ULO 15Q bisl Estos vehículos, además del emtintor regiamentario emigido por la Ley NQL3„W :(R amento Gen(ral de Tr ánsito) deberán portar en la aJa uh mata .fuedb de poIve químátO • de 5 (cinco) k ilogramos de ca panid(d."Y se agrega al texto de la misma Ordenanza COMO Artículo 19, última .partel. "nRTIcuLo 19Q1 Para envase de mas de 30 (treinta) kiiogramos.r] OVANDO CV'M ch Gnr- • cle suar io • • deb r á c: n t.a r c: on n c: á. Ón po r s d E, - E do": J1 n „ . R E: C.3 T. 1:5T „ • C::órhu n ienü : r r E, S porl d Ct..n d o PIR C1:1-1 I V 1.E. 5 „ 1T: CARLOS MANFREDOTTI In:endente CIT 1A F1R r unik ipr 'Idad Ushuata CESAR OVANDO luinoo PAII! DI RUSSO — Do3preUn SocretMO de Gobiernó clo Municipalidad Ushuaia

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