ARTICULO 1° . .-PROMULGAR la Ordenanza Municipal N°
el Honorable Concejo Deliberante de Ushuaia, por la cual se exceptúa del
retiro frontal -obligatorio de tres (3) metros, a la línea Municipal, que
fija el Código de Planeamiento Urbano vigente, para la obra sita en la Sección
"B", Macizo 39, Parcela 2, del ejido de esta Ciudad, propiedad del Señor
Jorge Antonio JUAN,- permitiendo un avance de edificación hasta la línea Muni-
cipal sobre calle Juan D.PERON, y autorizándose hasta un FOT máximo de 0,96.
ARTICULO 2°.-Comuniquese a quienes corresponda. Dése copia al Boletín Oficial
del Territorio. Cumplido ARCHIVESE.
DECRETO MUNICIPAL N° Cio /90-
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