ARTÍCULO 1°.- RESERVAR la denominación "Kren (sol)" a la vía de circulación proyectada que limita al norte con el Macizo 51M (futuro) y al sur con el Macizo 51L (futuro), ambos de la Sección G del ejido urbano de la ciudad de Ushuaia, según el croquis que como Anexo I forma parte integral de la presente.
ARTÍCULO 2°.- RESERVAR la denominación "Yoppen (compañero)" a la vía de circulación proyectada que limita al norte con el Macizo 51L y al sur con el Macizo 51K, ambos de la Sección G del ejido urbano de la ciudad de Ushuaia, según el croquis que como Anexo I forma parte integral de la presente.
ARTÍCULO 3°.- RESERVAR la denominación "Lioren (luz)" a la vía de circulación proyectada que limita al norte con el Macizo 51K y al sur con el Macizo 51J, ambos de la Sección G del ejido urbano de la ciudad de Ushuaia, según el croquis que como Anexo I forma parte integral de la presente.
ARTÍCULO 4°.- EXTENDER la denominación de la calle "Tan (glaciar)", establecida por el artículo 8° de la Ordenanza Municipal N.° 5495, hasta la Parcela 1 del Macizo 36 de la Sección G del ejido urbano de la ciudad de Ushuaia, con dirección oeste, según el croquis que como Anexo I forma parte integral de la presente.
ARTÍCULO 5°.- EXTENDER la denominación de la calle "Asunna (bosque)", establecida por el artículo 4° de la Ordenanza Municipal N.° 5495, hasta la Parcela 1 del Macizo 36 de la Sección G del ejido urbano de la ciudad de Ushuaia, con dirección oeste, según el croquis que como Anexo I forma parte integral de la presente.