ARTÍCULO 1°.- EXCEPTUAR del cumplimiento del punto VIII.1.7. Estacionamiento de Vehículos del Capítulo VIII sobre Normas Generales sobre Uso del Suelo, del Anexo I de la Ordenanza Municipal N.° 2139 y N.° 5931 Estacionamiento, al inmueble ubicado sobre la calle María Sánchez Caballero, altura 2095, identificado catastralmente como Parcela 34, Macizo 27 de la Sección C del ejido urbano de la ciudad de Ushuaia, propiedad de la Unión Obrera Metalúrgica de la República Argentina.
ARTÍCULO 2°.- EXCEPTUAR del cumplimiento del punto V.4. Altura Máxima y Plano Limite del Capítulo V sobre Normas Generales sobre Ejido Urbano del Anexo I de la Ordenanza Municipal N.° 2139, al inmueble ubicado sobre la calle María Sánchez Caballero, altura 2095, identificado catastralmente como Parcela 34, Macizo 27 de la Sección C del ejido urbano de la ciudad de Ushuaia, propiedad de la Unión Obrera Metalúrgica de la República Argentina, autorizando una altura máxima de veintidós (22) metros.
ARTÍCULO 3°.- EXCEPTUAR del cumplimiento del punto VII.1.2.2.1 C.E Central del Capítulo VII sobre Zonificación del Anexo I de la Ordenanza Municipal N.° 2139, al inmueble ubicado sobre la calle María Sánchez Caballero, altura 2095, identificado catastralmente como Parcela 34, Macizo 27 de la Sección C del ejido urbano de la ciudad de Ushuaia, propiedad de la Unión Obrera Metalúrgica de la República Argentina, autorizando un FOS y FOT libre hasta la altura máxima establecida en el artículo segundo.
ARTÍCULO 4°.- EXCEPTUAR del cumplimiento del punto VI.2.2 CPU, altura mínima del Capítulo VI sobre Normas Generales sobre Ejido Urbano del Anexo I de la Ordenanza Municipal N.° 2139, al inmueble ubicado sobre la calle María Sánchez Caballero, altura 2095, identificado catastralmente como Parcela 34, Macizo 27 de la Sección C del ejido urbano de la ciudad de Ushuaia, propiedad de la Unión Obrera metalúrgica de la República Argentina.
ARTÍCULO 5°.- EXCEPTUAR del cumplimiento del punto III.7.7.3 C.E. Salida de Ascensor del Código de Edificación vigente al inmueble ubicado sobre la calle María Sánchez, Caballero altura 2095, identificado catastralmente como Parcela 34, Macizo 27, de la Sección C del ejido urbano de la ciudad de Ushuaia, propiedad de la Unión Obrera Metalúrgica de la República Argentina.
ARTÍCULO 6°.- EXCEPTUAR del cumplimiento del punto III.4.1 Diseño de las ochavas sobre Normas Generales sobre Ejido Urbano del Anexo I de la Ordenanza Municipal N.° 2139 y de la Ordenanza Municipal N.° 3678 Invasión por Volumen Aéreo, al inmueble ubicado sobre la calle María Sánchez Caballero, altura 2095, identificado catastralmente como Parcela 34, Macizo 27, de la Sección C del ejido urbano de la ciudad de Ushuaia, propiedad de la Unión Obrera Metalúrgica de la República Argentina.
ARTÍCULO 7°.- AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo Municipal a celebrar un convenio con la Unión Obrera Metalúrgica de la República Argentina, seccional Ushuaia, en el marco del cual la entidad gremial procederá a efectuar la reparación y puesta en valor de la escalera del dominio público de la Municipalidad, sita en el barrio El Progreso de la ciudad de Ushuaia.
ARTÍCULO 8°.- DEROGAR el artículo 3° de la Ordenanza Municipal N.° 6207.