ARTÍCULO 1° .- Autorización. AUTORIZAR el proyecto de subdivisión de la parcela denominada en el catastro municipal como Sección F, Macizo 30, Parcela 6, de acuerdo al croquis que como Anexo I corre agregado a la presente.
ARTÍCULO 2°.- Desafectación. DESAFECTAR del uso público una fracción aproximada de setecientos diez metros cuadrados (710 m2) de la calle 2 de Abril, adyacente a la parcela identificada en el catastro municipal como Sección F, Macizo 30, Parcela 7, para ser afectada al uso residencial, de acuerdo al croquis que como Anexo II corre agregado a la presente.
ARTÍCULO 3°. Modificación de mensura, desafectación y reafectación. AUTORIZAR la modificación de la mensura de las Parcelas: 9,10 y 11 del Macizo 30 de la Sección F del ejido urbano de la ciudad de Ushuaia, asi como también su unificación con la fracción sin abrir de la calle 2 de Abril, conforme al croquis que como Anexo III corre agregado a la presente. Mediante dicha operación: a) se unifican las Parcelas 9,10 y 11 mas una superficie aproximada de mil ciento treinta y ocho metros cuadrados (1138 m2) de la calle 2 de Abril, adyacente a estas parcelas, que habia sido desafectada por Ordenanza Municipal 2804; b) la parcela resultante de la operación de unificación mencionada en el inciso precedente, se subdivide en tres parcelas de acuerdo al croquis que como Anexo III corre agregado a la presente.
ARTÍCULO 4°.- Zonificación. OTORGAR a las parcelas resultantes de las operaciones enunciadas en los artículos precedentes, la zonificación de acuerdo al croquis que como Anexo IV corre agregado a la presente.
ARTÍCULO 5°.- Derogación. DEROGAR toda norma que se oponga a la presente.