Datos de la ordenanza
Número
6526
Fecha de sanción
21/08/2025
Vigencia
—
Decreto
1634/2025
Tema
Protocolo
Comisión
—
Descripción
ARTÍCULO 1°.- INCORPORAR como artículo 10 a la Ordenanza Municipal N.° 3617, el que quedará redactado de la siguiente manera: "
ARTÍCULO 10.- Reconocimientos Post Mortem. ESTABLECER que los reconocimientos normados en los artículos 2°, 3°, 4° y 5° de la presente ordenanza son pasibles de ser entregados post mortem, a quienes cumplen los requisitos establecidos en cada caso, considerándose la inmediatez y la continuidad al momento del deceso. La distinción consistirá en un diploma de honor que la acredíte y una copia autenticada de la Resolución o Decreto que dispone la misma".
Vínculos con otras ordenanzas
Esta ordenanza modifica a:
N° 3617
ARTICULO 1°.- INSTITUYASE en el ámbito
Asunto de origen
Asunto 715/2025
Aconseja Proyecto de Ordenanza
Proyecto que, al sancionarse, dio esta ordenanza.
Tratado en sesión
Asunto
715/2025 —
Taquigráfica N° 5/2025 — 21/08/2025
- XLV - MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA MUNICIPAL N.° 3617 (Asunto 715/2025, expediente
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Documento