ARTICULO 1°.- MODIFICAR el artículo 5° de la Ordenanza Municipal N.° 5619, el que quedará redactado de la siguiente manera: "
ARTICULO 5°.- Comisión Directiva. La administración de la RNU "Bosque Yatana" está a cargo de una Comisión Directiva, integrada por tres (3) agentes municipales de planta p ermanente, a cargo de Direcciones de las áreas de ambiente, turismo y educación o cultura. El Departamento Ejecutivo Municipal debe invitar para participar de la Comisión Directiva de la reserva, con voz y voto, a: a) un (1) representante del Instituto de Ciencias Ambientales de la Universidad Nacional de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur; b) un (1) re p resentante del Centro Austral de I nvestigaciones Científicas del Consejo Nacional de I nvestigaciones Científicas y Técnicas (CADIC - CONICET); y c) dos (2) re p resentantes de ONG dedicadas a la protección y educación ambiental. La Comisión Directiva debe reunirse con una periodicidad mínima de una (1) vez cada tres (3) meses".