ARTÍCULO 1°.- Desafectación. DESAFECTAR del uso y dominio público una fracción de mil ochocientos metros cuadrados (1.800,00 m 2) de superficie aproximada, del Espacio Verde identificado en el Catastro como Parcela 3a del Macizo 17 de la Sección J del ejido urbano de la ciudad de Ushuaia, según lo indicado en el gráfico que —como Anexo I— corre agregado a la presente ordenanza.
ARTÍCULO 2°.- Destino. La fracción desafectada en el artículo precedente, designada como Parcela 3b, tendrá como destino su anexión a la Reserva Fiscal provincial identificada en el Catastro como Parcela 1 a del Macizo 17 de la Sección J (lindera), con la finalidad de ampliar las instalaciones de la Escuela Experimental "Los Calafates".
ARTÍCULO 30 .- Mensura y registración. Tanto la operación de mensura como la modificación registral de los predios involucrados, correrán por cuenta y cargo de la provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, titular de la Reserva Fiscal identificada en el artículo precedente.
ARTÍCULO 4°.- Transferencia de dominio. Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a transferir el dominio de la fracción identificada en el artículo 1° de la presente ordenanza a la provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur.
ARTÍCULO 5°.- Cómputo de cesiones. La superficie destinada a ampliar la Reserva Fiscal identificada en el artículo 2° de la presente ordenanza, será incorporada al cómputo de superficies a ceder en concepto de Reserva Fiscal en futuras operaciones de mensura que tramite la Municipalidad de Ushuaia que tuvieran tal requerimiento, descontando dicha superficie del total a ceder.