Ordenanza N° 633 NO

Datos de la ordenanza
Número
633
Fecha de sanción
01/01/1989
Vigencia
NO
Decreto
1989
Tema
Transporte Privado
Comisión
Policía Municipal
Descripción

ARTICULO 1º.- MODIFICASE “Ad-Referéndum” del Honorable Concejo

Deliberante, el artículo 2º, inciso a) de la Ordenanza Municipal Nº 571/89, el que

quedará redactado de la siguiente forma, en razón de los considerandos

precedentes:

“

ARTICULO 2º.- Los rodados que sean afectados al Servicio Especial de Transporte

de Pasajeros, deberán cumplir los siguientes requisitos:

a) Antigüedad no superior a los quince (15) años, contados a partir de su

fabricación, de acuerdo al título de propiedad.”.

ARTICULO 2º.- Regístrese. Comuníquese a quienes corresponda. Dése al Boletín

Oficial del Territorio y cumplido. ARCHIVESE.

ORDENANZA MUNICIPAL N° 633 .-

SANCIONADA Y PROMULGADA POR EJECUTIVO MUNICIPAL AÑO 1989.-

Observaciones
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Vínculos con otras ordenanzas