ARTÍCULO 1°.- DISPONER que el cargo de planta permanente establecido por el artículo 146 de la Carta Orgánica Municipal se regirá por lo establecido en el Título VIII del Convenio Legislativo Municipal de Empleo.
ARTÍCULO 2°.- REGISTRAR. Pasar al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación. Dar al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVAR. 6 1 5 0 . ORDENANZA MUNICIPAL N.° SANCIONADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FE IA 29/03/2023.- CO Lic. Juan Carlos PINO ,---7t-ecretaria Presidente Deliberante -Gori ejp,Ppliperante dellsbua¿ Las Islas Malvinas, Geoziasy Sandwich del Sur; sony serán Awnlinas Província de Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur =República Argentina= Municipalidad de Ushuaía USHUAIA, 0 4 ABR 2023 VISTO el expediente E- 2867-2023 del registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que tramita la promulgación de la Ordenanza Municipal sancionada por el Concejo Deliberante de esta ciudad, en Sesión Ordinaria de fecha 29/03/2023, por medio de la cual se dispone que el cargo de planta permanente establecido por el artículo 146 de la Carta Orgánica Municipal se regirá por lo establecido en el Título VIII del Convenio Legislativo Municipal de Empleo. Que se le dio intervención a la Secretaría Jefatura de Gabinete, desde donde se recomendó la promulgación de la presente Ordenanza. Que ha tomado la intervención pertinente el Servicio Jurídico Permanente de esta Municipalidad recomendando asimismo su promulgación a través del Dictamen S. L. y T. N.° 1 D 6 /2023. Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto administrativo, en atención a lo dispuesto por el artículo 152, inciso 3), de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia. Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA DECRETA
ARTÍCULO 1°.- Promulgar la Ordenanza Municipal N° ' 6 1 5 0 • sáncionada por el Concejo Deliberante de la ciudad de Ushuaia, en la Sesión Ordinaria de fecha 29/03/2023, por medio de la cual se dispone que el cargo de planta permanente establecido por el artículo 146 de la Carta Orgánica Municipal se regirá por lo establecido en el Título VIII del Convenio Legislativo Municipal de Empleo. Ello, en virtud de lo expresado en el exordio.
ARTÍCULO 2°.- Comunicar. ar al Boletín Oficial de la Municipalidad shuai . plido, archivar. S61 DECRETO MUNICIPAL N° /2023.- Omar Enriqu BECERRA serán Argentinas" JEFE DE GABINETE - Municipalidacl cie uaiutaia WalierVuoto INTENDE, Municipalidad de Ushuaia