Ordenanza N° 6065 —

Datos de la ordenanza
Número
6065
Fecha de sanción
08/06/2022
Vigencia
—
Tema
Taxi
Comisión
—
Descripción

ARTÍCULO 1°.- MODIFICAR el inciso d) del artículo 27 de la Ordenanza Municipal 5314, el que quedará redactado de la siguiente manera: "d) debe tener hasta dos tarifas programadas, de acuerdo con lo previsto en el artículo 28 de la presente Ordenanza. En caso de disponer la tecnología para programar más de dos tarifas, las demás opciones deben estar en blanco, sin tarifar;".

ARTÍCULO 2°.- MODIFICAR el artículo 28 de la Ordenanza Municipal 5314, el que quedará redactado de la siguienté manera: "

ARTÍCULO 28.- CRITERIO. La tarifa para aplicar por el servicio público de taxi es la determinada por ordenanza de conformidad con el punto 4) del artículo 102 de la Carta Orgánica Municipal, previa solicitud de los . licenciatarios. Esta tarifa es la que marca el reloj taxímetro y la que abona el usuario del servicio."

ARTICULO 3°.- INCORPORAR el arlículo 28 bis de la Ordenanza Municipal 5314, el que quedará redactado de la siguiente rnanera: "

ARTÍCULO 28 bis.- TARIFAS. ESTABLECER dos clases de tarifa para el servicio público de taxis: a) Tarifa regular: se aplica disponiendo un costo fijo de bajada de bandera, una ficha cada cien (100) metros circulando, y un máximo de tres (3) fichas por minuto en modo espera. b) Tarifa nocturna: se aplica un incremento del veinte por ciento (20%) sobre cada uno de los componentes de la tarita regular. Esta tarifa es de aplicación de lunes a domingo desde las 22:00 a las 5:00 y los días feriados durante toda la jornada."

Vínculos con otras ordenanzas
Asunto de origen
Asunto 401/2022
Proyecto de Ordenanza
Proyecto que, al sancionarse, dio esta ordenanza.
Palabras claves
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Tratado en sesión
Asunto 401/2022 — Taquigráfica N° 4/2022 — 08/06/2022
(Asunto 401/2022, expediente 32/1984)
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