ARTÍCULO 1°.- Usos. INCORPORAR a la Tabla de Usos normada en el Capítulo VIII del Código de Planeamiento Urbano para la zonificación R3 - Residencial Densidad Baja, los siguientes artículos: Vi11.11.1-1.1: "Despensa Barrial - Casa de Venta de Comidas Elaboradas"; VI11.11.1-2.1: "Panadería. Pan, facura, masas, pastelería. Ventas (sin elaboración)"; VI11.111.1-2.1: "Ferretería"; VI11.111.7-2: "Farmacia, herboristería, perfumería, cosmética"; VI11.111.13-2: "Quiosco", VI11.111.14-3 "Específicos veterinarios. Alimentos y artículos para animales domésticos y aves", de acuerdo a las tablas que como Anexo I corren agregadas a la presente.
ARTÍCULO 2°.- Estacionamiento vehicular. INCORPORAR a los nuevos usos, la referencia (2) para estacionamientos, a excepción del Uso consignado por el artículo VIII.HI.7-2: "Farmacia, herboristería, perfumería, cosmética", para el que no se establecen requerimientos de estacionamiento.