ARTÍCULO .1°.- EXCEPTUAR del cumplimiento del artículo V.3.2 retiro de frente obligatorio, de la Ordenanza Municipal 2139, a la parcela identificada catastralmente como Parcela 11, del Macizo 35, de la Sección H, autorizándose la ocupación de una superficie de hasta 5,5 metros cuadrados.
ARTÍCULO 2°.- REGISTRAR. Pasar al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación. Dar al Boletín Oficiál Municipal para su publicación y ARCHIVAR. ORDENANZA MUNICIPAL N.° 5922 SANCIONADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECI-ÍA 19/05/2021.- CO IRIARTE SEBASTIAN -^ Secretario Legislativo Pri sidente Concejo Deliberante Ushuaia 1r CS COPIA 371EL DEL ORICINAL Nan Respo able coord UOHA L DHL ORIGINAL :n3m G. FAHNA FE NAHDEZ Jal hr': n Din Las Islas Malvinas, Georgiasj Sandwich del Sur, sony seránrgentinas Ordenanza Numero: 5922 1163 2/3 Provincia de Tierra del Fuego Antártida e Islas del AtIandco Sur =República Argentina= Municipalidad de Ushuaia USHUAIA, 19 A6 0 2021 VISTO el expediente E N° 6028/2021 del registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que mediante el mismo tramita la promulgación de la Ordenanza Municipal sancionada por el Concejo Deliberante de esta ciudad, en sesión ordinaria del día 19/05/2021, por medio de la cual se exceptúa del cumplimiento del articulo V.3.2 retiro de frente obligatorio, de la Ordenanza Municipal N.° 2139, a la parcela identificada catastralmente como Parcela 11, del Macizo 35, de la Sección H, autorizándose la ocupación de una superficie de hasta 5,5 metros cuadrados. Que dicha norma fue totalmente vetada mediante Decreto Municipal N° 741/2021. Que por Resolución C.D. N° 117/2021 dada en la sesión ordinaria del día 07/07/2021, el Concejo Deliberante de nuestra ciudad ha insistido con la sanción en todos sus términos de la Ordenanza Municipal referenciada. Que este Departamento Ejecutivo entiende que se han cumplido los requisitos exigidos por el artículo 128 de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia para proceder a la promulgación de la norma insistida. Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto administrativo, en atención a las prescripciones del artículo 152 incisos 1) y 3) de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia. Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA DECRETA 5922
ARTICULO 1°.- Promulgar la Ordenanza Municipal N.° Jv , sancionada por el Concejo Deliberante de esta ciudad, en sesión ordinaria del— d" 19/05/2021, por medio de la /1\ OOPIA HEL IL, RIGINAL ///.2.. Miriam G. 1F,AT 1NA FE7_4a1 "Las Islas Malvinas, Georgias y SandwichSud;r1nla , nsi-O-/n l Y'dearán Argentinas" Provincia de Tierra del Fuego Anlartida e Islas dcl Atlántico Sur =Rcpública Argentina= Municipalidad de Ushuaia ///.2.. cual se exceptúa del cumplimiento del articulo V.3.2 retiro de frente obligatorio, de la Ordenanza Municipal N.° 2139, a la parcela identificada catastralmente como Parcela 11, del Macizo 35, de la Sección H, autorizándose la ocupación de una superficie de hasta 5,5 metros cuadrados.. Ello, en virtud de la insistencia efectuada mediante Resolución C.D. N° 117/2021.
ARTICULO 2°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia. Cumplido, archivar. 1163 DECRETO MUNICIPAL N ° /2021 Marb D Dan Je e e Gabinet M nicrpalidad de Us COPIA FIEL DEL ORIGINA Suor Mram CH, FAHN D.T-SL Mun.upüld;3,14