Ordenanza N° 5788 —

Datos de la ordenanza
Número
5788
Fecha de sanción
16/09/2020
Vigencia
—
Tema
SIN TEMA
Comisión
—
Descripción

ARTÍCULO 1°.- MODIFICAR el artículo 15 de la Ordenanza Municipal N.° 5131, el cual quedará redactado de la siguiente manera:

"

ARTÍCULO 15.- Quedan exceptuados del pago del costo de la demarcación y señalización, y de la tasa mensual mencionada, las entidades públicas previstas en la reglamentación vigente, las personas con discapacidad, previstas en el artículo 50 y aquellas fundaciones y asociaciones civiles que asistan, trabajen y trasladen personas con discapacidad y/o movilidad reducida".

ARTÍCULO 2°.- REGISTRAR. Pasar al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación. Dar al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVAR.

ORDENANZA MUNICIPAL N.° 5788.

SANCIONADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA 16/09/2020.

Vínculos con otras ordenanzas
Asunto de origen
Asunto 532/2020
proyecto de ordenanza
Proyecto que, al sancionarse, dio esta ordenanza.
Palabras claves
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Tratado en sesión
Asunto 532/2020 — Taquigráfica N° 5/2020 — 16/09/2020
(Asunto 532/2020, expediente 101/2014)
Ir al debate (pág. 30)
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