Ordenanza N° 5787 —

Datos de la ordenanza
Número
5787
Fecha de sanción
13/11/2019
Vigencia
—
Tema
SIN TEMA
Comisión
—
Descripción

ARTÍCULO 1°.- EXCEPTUAR al predio identificado catastralmente como Sección 0, Macizo 6, Parcela 19, propiedad de la señora María Angélica Huenchur Huenchur del cumplimiento del valor del FOS establecido por la Ordenanza Municipal N.° 3705 permitiendo un valor máximo de FOS de 0,78.

ARTÍCULO 2°.- REGISTRAR. Pasar al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación. Dar al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVAR. ORDENANZA MUNICIPAL N.° 5 7 8 7 , SANCIONADA EN LA SEGUNDA JORNADA DEL DÍA 20/11/2019, CORRESPONDIENTE A LA NOVENA SESIÓN ORDINARIA DE FECHA 1,3/11/2019.- 6.? PAR60 Jua Carlos PIN Prosecretaridledislativo 'Concejo 9lita.erante de Ushuaia esidente Concolo Doli orante de Ushuaia Patrtel— ponsabl e Coordl y Despacho rONCEJO DEUBERANTE USHUMA Las Islas Makinas, Georgiasy ,l'andwich del Sur, sony serán Argenlinas 1164 Ordenanza Numero: 5787 u 2743 2/3 A'1 Provincia de Tierra del Fuego AcirrIn Antártida e Islas del Atlántico Sur " BICENTENARIO DEL PASO A LA INMORTALIDAD =Repnblica Argentina= DEL GENERAL MANUEL BELGRANO" Municipalidad de Ushuaia USHUAIA, 08 SEP 2020 VISTO el expediente N° CD-12159/2019 del registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que mediante el mismo tramita la promulgación de la Ordenanza Municipal sancionada por el Concejo Deliberante de esta ciudad, en la segunda jornada del día 20111/2019, correspondiente a la Novena Sesión Ordinaria del día 13/11/2019, por medio de la cual se exceptúa al predio identificado catastralmente como Sección 0, Macizo 6, Parcela 19, propiedad de la señora María Angélica Huenchur del cumplimiento del FOS establecido por la Ordenanza Municipal N.° 3705, permitiendo un valor máximo de FOS de 0,78. Que dicha norma fue totalmente vetada mediante Decreto Municipal N° 2296/2019. Que por Resolución C.D. N° 75/2020 dada en la sesión ordinaria del día 01/07/2020, el Concejo Deliberante de nuestra ciudad ha insistido con la sanción en todos sus términos de la Ordenanza Municipal referenciada. Que este Departamento Ejecutivo entiende que se han cumplido los requisitos exigidos por el artículo 128 de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia para proceder a la promulgación de la norma insistida. Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto administrativo, en atención a las prescripciones del artículo 152 incisos 1) y 3) de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia. Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA DECRETA

ARTICULO 1°.- Promulgar la Ordenanza Municipal N.° 5 7 8 7 , sancionada por el Concejo Deliberante de esta ciudad, en la segunda jornada del día 20/11/2019, correspondiente a la Novena Sesión Ordinaria del día 13/11/2019, por medio de la cual se ///.2.. Ordenanza Numero: 5787 " BICENTENARIO DEL PASO A LA INMORTALIDAD 3/3 DEL GENERAL MANUEL BELGRANO" Provincia de Tierra del Fuego Antártida e Islas del Allántico Sur =República Argentina= iVlunicipalidad de Ushuaia ///.2.. exceptúa al predio identificado catastralmente como Sección 0, Macizo 6, Parcela 19, propiedad de la señora María Angélica Huenchur del cumplimiento del FOS establecido por la Ordenanza Municipal N.° 3705, permitiendo un valor máximo de FOS de 0,78. Ello, en virtud de la insistencia efectuada mediante Resolución C.D. N° 75/2020.

ARTICULO 2°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia. Cumplido, archivar. DECRETO MUNICIPAL N.° 11 64 /2020. M. Lo ena H riqu Sanche Secretaria Sec. Habitat y Oíd Terr. Murticipalidad de Ijshuaia

Palabras claves
Ubicación catastral
Macizo 6 Parcela 19
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