ARTÍCULO 1°.- FOMENTAR el uso de mascarillas transparentes en el ámbito de la ciudad de Ushuaia con el objeto de facilitar la comunicación de personas sordas o con dificultades auditivas en el marco de la emergencia sanitaria.
ARTÍCULO 2°.- RECOMENDAR su uso principalmente en aquellos espacios en los cuales se interactúa con personas sordas o con dificultades auditivas, tales como: atención al público en comercios, hospitales y/o consultorios médicos, transporte de pasajeros y pasajeras, personal de seguridad, dependencias gubernamentales, entre otras.
ARTÍCULO 3°.- Los objetivos de la presente ordenanza son:
a. disminuir las barreras que se originan en la comunicación a partir del uso de mascarillas que imposibilitan a las personas sordas o con dificultad auditiva la lectura de labios y/o la visión de las expresiones faciales de la persona con la que están hablando;
b. garantizar el derecho a una comunicación plena e igualitaria;
c. promover lazos de empatía y solidaridad en la comunidad;
d. incentivar la confección de mascarillas transparentes por parte de voluntarios y voluntarias de la ciudad.
ARTÍCULO 4°.- Será autoridad de aplicación de la presente ordenanza el Departamento Ejecutivo Municipal, a través del área que éste designe.
ARTÍCULO 5°.- SOLICITAR a la autoridad de aplicación que realice campañas de difusión y fomento de la presente ordenanza a través de los diferentes medios de comunicación.
ARTÍCULO 6°.- REGISTRAR. Pasar al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación. Dar al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVAR.
ORDENANZA MUNICIPAL N.° 5781.
SANCIONADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA 05/08/2020.