ARTÍCULO 1°.- ADHERIR a la Ley Provincial N° 1203, de Control del Tabaco, mediante la cual se regula la publicidad, promoción, consumo y venta de los productos elaborados con tabaco en el ámbito de la provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur.
ARTÍCULO 2°.- Es autoridad de aplicación de la presente el Departamento Ejecutivo Municipal, a través de la Secretaría de Políticas Sociales, Sanitarias y Derechos Humanos o la que en el futuro la reemplace.
ARTÍCULO 3°.- SOLICITAR al Departamento Ejecutivo Municipal que implemente una campaña permanente de concientización, de manera concomitante y coordinada entre la autoridad de aplicación provincial y municipal.
ARTÍCULO 4°.- REGISTRAR. Pasar al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación. Dar al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVAR.
ORDENANZA MUNICIPAL N° 5772.
SANCIONADA EN SESION ORDINARIA DE FECHA 01/07/2020.