Ordenanza N° 5586 —

Datos de la ordenanza
Número
5586
Fecha de sanción
12/12/2018
Vigencia
—
Tema
SIN TEMA
Comisión
—
Descripción

ARTÍCULO 1°.- EXCEPTUAR de lo establecido en el artículo VII.1.2.2.1 (CE: Central) del Código de Planeamiento Urbano a la parcela identificada catastralmente como A-45-11, autorizándose un FOT máximo de 2,90 m.

ARTÍCULO 2°.- La autorización prevista en el artículo 1° de la presente ordenanza quedará condicionada a la suscripción de un convenio entre el titular de la parcela y el Departamento Ejecutivo Municipal, mediante el cual el titular de la parcela se compromete a efectuar las obras previstas en el Anexo I que forma parte integrante de la presente ordenanza.

ARTÍCULO 3°.- REGISTRAR. Pasar al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación. Dar al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVAR. ORDENANZA MUNICIPAL N° 5586

SANCIONADA EN LA SEGUNDA JORNADA DEL DÍA 14/12/2018, CORRESPONDIENTE A LA DÉCIMA SESION ORDINARIA DE FECHA 12/12/2018.-

Asunto de origen
Asunto 1345/2018
solicitud del sr. perez
Proyecto que, al sancionarse, dio esta ordenanza.
Palabras claves
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Tratado en sesión
Asunto 1345/2018 — Taquigráfica N° 10/2018 — 12/12/2018
(Asunto 1345/2018, expediente 193/1988)
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