ARTÍCULO 1°.- AUTORIZAR la subdivisión simple de la parcela denominada según nomenclatura catastral como Sección J, Macizo 1000, Parcela 2AGAR, conforme al croquis que como Anexo I corre agregado a la presente.
ARTÍCULO 2°.- La parcela de mayor superficie producto de esta subdivisión, deberá ceder los correspondientes porcentajes de espacios públicos calculados sobre la totalidad de la superficie de la parcela J-1000-2AGAR enunciada en el artículo precedente ante cualquier operación de mensura posterior a la que se autoriza mediante la presente, conforme a lo establecido en el Código de Planeamiento Urbano vigente.
ARTÍCULO 3°.- REGISTRAR. Pasar al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación. Dar al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVAR.
ORDENANZA MUNICIPAL N° 5 5 7 7
SANCIONADA EN LA SEGUNDA JORNADA DEL DÍA 14/12/2018 CORRESPONDIENTE A LA DÉCIMA SESIÓN ORDINARIA DE FECHA 12/12/2018.-