ARTÍCULO 1°.- EXCEPCIÓN. EXCEPTUAR del cumplimiento del Artículo VII.1.2.1.1. R1: Residencial Densidad Media — Indicadores Urbanísticos FOS 0,70, del Código de Planeamiento Urbano, a la parcela denominada en el catastro municipal de la ciudad de Ushuaia como Sección F, Macizo 87, Parcela 22, autorizándose un FOS de 0,84, de acuerdo al plano que como Anexo I corre agregado a la presente.
ARTÍCULO 2°.- CONDICIONAMIENTO. CONDICIONAR lo indicado en el artículo 1° a que la superficie excedente del FOS sea utilizada para la regularización del local denominado "18 — cabina de pintado", de acuerdo al plano que como Anexo I corre agregado a la presente.
ARTÍCULO 3°.- REGISTRAR. Pasar al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación. Dar al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVAR.
ORDENANZA MUNICIPAL N° 5 5 7 3 SANCIONADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA 12/12/2018.-