ARTICULO 1°.- MODIFICAR el inciso 1, del artículo 5 0 , del Anexo Il Parte Especial de la Ordenanza Municipal N° 3500, el que quedará redactado de la siguiente manera: "1) el Estado Nacional, los Estados Provinciales, las Municipalidades, sus dependencias y sus entes autárquicos, el Concejo Deliberante y los concejales de la ciudad en ejercicio de sus funciones; excepto en los ítems relacionados con trámites ante la Dirección General de Rentas, detallados en el Anexo II de la Ordenanza Tarifaria;"
ARTÍCULO 2°.- REGISTRAR. Pasar al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación. Dar al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVAR.
ORDENANZA MUNICIPAL N° 5 5 5 2 DADA EN LA SEGUNDA JORNADA DEL DÍA 20/11/2018, CORRESPONDIENTE A LA NOVENA SESIÓN ORDINARIA DE FECHA 07/11/2018.-