ARTICULO 1°.- ESTABLECER la subdivisión parcelaria de la Parcela 29, Macizo 2, Sección O y la Parcela 4, Macizo 2, Sección 0, como parcelas de interés sociales según el Código de Planeamiento Urbano, artículo IV.4, inciso 7), en un total de diecinueve parcelas de acuerdo al croquis que se adjunta como Anexo I y II.
ARTICULO 2°.- ENCOMENDAR al área correspondiente la subdivisión interna de dichas parcelas según el Anexo I y II.
ARTICULO 3°.- EXCEPTUAR a las parcelas que surjan de la subdivisión interna de los indicadores urbanísticos de la zona, autorizándose parcelas mínimas de superficie y frente conforme surja la nueva división planteada.
ARTÍCULO 4°.- REGISTRAR. Pasar al Departamento Ejecutivo Municipal para su. promulgación. Dar al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVAR.
ORDENANZA MUNICIPAL N° 5416
SANCIONADA EN LA TERCERA JORNADA DEL DÍA 10/11/2017, CORRESPONDIENTE A LA OCTAVA SESIÓN ORDINARIA DE FECHA 25/10/2017.-