ARTÍCULO 1°.- EXCEPTUAR de lo establecido en el Capítulo VIII.5.3. del Código de
Planeamiento Urbano (Ordenanza Municipal 2139), por el plazo de dos (2) años, al
predio denominado catastralmente como Parcela 1 del Macizo 4 de la Sección J de
la ciudad de Ushuaia, propiedad de Luciano Preto y Cía. S.C.C. - Ocupante AMX
Argentina S.A., ubicado en la calle Formosa 505, a los fines de la implantación de
una (1) antena cuya estructura será una torre auto soportada de treinta y cinco (35)
metros de altura.
ARTÍCULO 2°.- REGISTRAR. Pasar al Departamento Ejecutivo Municipal para su
promulgación. Dar al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVAR.
5 3 3 ORDENANZA MUNICIPAL N°
SANCIONADA EN LA SEGUNDA JORNADA DEL DÍA 27/06/2017,
CORRESPONDIENTE A LA QUINTA SESIÓN ORDINARIA DE FECHA 14/06/2017.-
BEROLA FIEL DE Jua• PINO
,.,Ocretarlo Le3i3ialiv0 Presidente
P
UnhitC1r, Conceio Deliberante de Ushuaia
ES C IGINAL
espacho
DCLUSERANT US UMA
encrnii 11E L ma,[
r , grn G FAF J r, r,r_n
Dpzo De r
DT-
uz,nuwa
Las Irlas Makinas, Geolgias y ,Vandwich del Sur, sony serán Alye minas
erVIA F1F. nwein\o
Ordenanza Numero: 5336 Minam
2/2
Jefa pto espacho
Provincia de Tierra del Fuego
D ,L y T
= Antártida e Islas del Atlántieo Sur
República Argentina= Municipa de
Municipalidad de Ushuaia
"2017, atio del 35" Aniversario de Gesta de Malvinas: Honor y Gloria a nuestros Héroes, ayer, hoy y siempre"
USHUAIA, 23 OCT 2017
VISTO el expediente N° CD-4935-2017 del registro de esta Municipalidad; y
CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo tramita la promulgación de la Ordenanza Municipal
sancionada en la Segunda Jornada de del día 27/06/2017, correspondiente a la Quinta Sesión
Ordinaria del día 14/06/2017, por medio de la cual se exceptúa de lo establecido en el Capítulo
VIII.5.3. del Código de Planeamiento Urbano (Ordenanza Municipal N° 2139), por el plazo de
dos (2) años, al predio denominado catastralmente como Parcela 1 del Macizo 4 de la Sección J
de la ciudad de Ushuaia, propiedad de Luciano Preto y Cía. S.C.C. - Ocupante AMX Argentina
S.A., ubicado en la calle Formosa N° 505, a los fines de la implantación de una (1) antena cuya
estructura será una torre auto soportada de treinta y cinco (35) metros de altura.
Que dicha norma fue totalmente vetada mediante Decreto Municipal N° 1138/2.017.
Que por Resolución C.D. N° 285/2.017 dada en sesión ordinaria de fecha
09/08/2.017, el Concejo Deliberante de nuestra ciudad ha insistido con la sanción en todos sus
términos de la Ordenanza Municipal referenciada.
Que este Departamento Ejecutivo entiende que se han cumplido los requisitos
exigidos por el artículo 128 de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia para
proceder a la promulgación de la norma insistida.
Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto
administrativo, en atención a las prescripciones del artículo 152 incisos 1) y 3) de la Carta
Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
DECRETA
ARTICULO 1°.- Promulgar la Ordenanza Municipal N° 5 3 3 , •sancionada en la Segunda
Jornada de del día 27/06/2017, correspondiente a la Quinta Sesión Ordinaria del día
14/06/2017, por medio de la cual se exceptúa de lo establecido en el Capítulo VIII.5.3. del
Código de Planeamiento Urbano (Ordenanza Municipal N° 2139), por el plazo de dos (2) años,
al predio denominado catastralmente como Parcela 1 del Macizo 4 de la Sección J de la ciudad
de Ushuaia, propiedad de Luciano Preto y Cía. S.C.C. - Ocupante AMX Argentina S.A., ubicado
en la calle Formosa N° 505, a los fines de la implantación de una (1) antena cuya estructura
será una torre auto soportada de treinta y cinco (35) metros de altura . Ello en virtud de la.
insistencia efectuada mediante Resolución C.D. N° 285/2.017.
ARTICULO 2°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidac(71: -U--s-huaia. m lido,
archivar. 1693
DECRETO MUNI fíiALt ° /2017.
? U, ERRNNAA:, \
Toviteráni 7
• halt altayNuoto/
TENDENtE
..--- Mi lpalidad de' Ushuaia
"Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur soniy seran Argentinos"
, ,/