Ordenanza N° 5302 —

Datos de la ordenanza
Número
5302
Fecha de sanción
09/08/2017
Vigencia
—
Tema
Economía y Finanzas
Comisión
—
Descripción

ARTÍCULO 1°.-AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo Municipal a contratar conforme los mecanismos previstos en la normativa vigente y afrontar mediante un sistema de pago con financiamiento las obras de pavimentación, re pavimentación y bacheo de las calles Hipólito Yrigoyen, De la Estancia, Fuegia Basket, avenida Leandro N. Alem, la calle Gobernador Campos, la avenida Magallanes, avenida Ingeniero Garramuño y Prefectura Naval; calle Gobernador Deloqui, avenida Maipú y avenida Malvinas Argentinas; calles 12 de Octubre, Congreso Nacional, Puerto Español, Pioneros Fueguinos, Darwin, Lapataia y Gobernador Godoy, por un monto total de ciento veinticuatro mil novecientos veinticinco metros cuadrados (124.925m2) por un monto de pesos ciento cincuenta y tres millones ciento ochenta y un mil treinta y uno ($153.181.031), con una variación máxima equivalente al veinte por ciento (20%), con las siguientes condiciones: a) pago de un anticipo financiero de hasta un diez por ciento (10%) a requerimiento del contratista. El mismo no deberá contemplarse dentro del valor a financiar; b) el monto restante será abonado en hasta veinticuatro (24) cuotas mensuales, iguales y consecutivas, las cuales serán pagaderas dentro de los primeros diez días de cada mes. El límite de la tasa de interés a aceptar será Badlar corregida.

ARTÍCULO 2°.- AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo Municipal a contratar y afrontar mediante un sistema de pago con financiamiento la obra identificada como "Apertura de calles, red cloacal y red de agua en urbanización General San Martín Etapa I" por un monto total de pesos ciento ocho millones doscientos veintiocho mil cuatrocientos treinta y dos ($108.228.432), con una variación máxima equivalente al veinte por ciento (20%), con las siguientes condiciones: a) pago de un anticipo financiero de hasta un diez por ciento (10%) a requerimiento del contratista. El mismo no deberá contemplarse dentro del valor a financiar; b) el monto restante será abonado en treinta y seis (36) cuotas mensuales, iguales y consecutivas, las cuales serán pagaderas dentro de los primeros diez días de cada mes. El límite de la tasa de interés a aceptar será Badlar corregida.

ARTÍCULO 3°.- APROBAR la ampliación del Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos del Ejercicio 2017 por el monto resultante de las operaciones autorizadas en los artículos precedentes a fin de permitir el llamado a licitación de la totalidad de las obras referenciadas durante el transcurso del ejercicio. Esta ampliación deberá aplicarse a los incisos correspondientes en función de las características de la operación.

ARTÍCULO 4°.- Lo establecido en la presente ordenanza quedará condicionado a la intervención previa de la Dirección de Contaduría General y Secretaría de Economía y Finanzas, las cuales deberán expedirse respecto del cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 98 de la Carta Orgánica Municipal en relación a los servicios y la amortización del capital de la totalidad de las operaciones de crédito realizada que no superen el veinticinco por ciento (25%) de los recursos ordinarios. 

Vínculos con otras ordenanzas
Palabras claves
Clic en una palabra clave para ver todas las ordenanzas que la comparten.