ARTÍCULO 2°.- R EGISTRAR. Pasar al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación. Dar al Boletín Oficial Municipal para su ORDENANZA M UNICIPAL N° publicación y ARCHIVAR. 5 24 9 ..' SANCIONADA EN SESIÓN O RDINARIA DE FECHA 1 0/05/2017.-
ANEXO L ORDENANZA MUNICIPAL N° 5 24 9 DECRETO MUNICIPAL Ng Sector II - Residencial Vivienda Unifamiliar (RVU) Faldeo de Andorra Carácter Objetivos Residencial. Área de viviendas de baja densidad. Consolidar el sector como área residencial. DelimItación Usos Preservar parte del paisaje natural en cada parcela. Preservar áreas de bosques. Según Anexo II VivIenda Unifamiliar Indicadores Urbanísticos Retiros: F.O.S.: 0.40 D.N.: 160 hab/ha Frontal: 8,00 m F.O.T.: 0.50 D.u.: 80 hab/ha Parcela Mínima: Lateral: 3,00 ni Altura Máxima s/I.E.: 8 m Frente: 9 m Contrafrontal mínimo: Plano Umite: 9 m Superficie: 360 rn 2 8m Parcelas en esquina: Sobre el lado más largo: 3 m Sobre el lado más corto: 8 m Estacionamiento: • En parcelas de hasta 400 m2 se deberán prever 2 módulos de estacionamiento vehicular por cada parcela. • En parcelas de más de 400 m2 se deberán prever 3 módulos de estacionamiento vehicular por cada parcela. • Dentro de cada parcela se permitirá la construcción de una sola vivienda. Normas de Procedimiento y condiciones urbanísticas y constructivas a instrumentar durante el proceso de Urbanización y Construcción de viviendas unifamiliares: • Cercos Perimetrales. En ningún caso se podrám colocar cercos de mampo tería en línea divis • ías de, parcela y/o municipales, propiciándose el uso de cercos vivos o mallados ue perrni an I s vis ales y la percepcián de la urbanización parque. • ..Se deb-erAl p rolongar la parquización desde la Linea Municipal hasta la Línea de E f* cion PARDO Juan C4r1is PINO Prosecretario Legislativo Preside te CuttiJPellbertinto do Ushuaia ed celó Dellberante de Ushuala "Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, son y serán A gentinas rnTA 17-,9 nIt°,,IMA! -, arn G FERNANDEZ Jafa Dpto D cho General D.T. .L y T Municipalid d de Ushuaia Ordenanza Numero: 5249 ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL 3/4 Respo sa le Coordi Coneeja Defiberante , v espacho de tá Ciudad de Vshuaia ELIBERANIT t SH I ATA "2017, ario del 35 0 Aniversario de la Gesta de Malvinas: Honor y Gloria a nuestros Heroes, ayer, hoy y siempre".
ANEXO II. ORDENANZA MUNICIPAL N° 5 49 iLIlFTf lEEf ( BRSJ11 C'11E1L1L111TREL ara-hz AE41111ENCIAS. t. LIPI1lbtNCIAL UNIFAMILIAR. EIJJ PE PROYECTOS ESPECIALES. Effli EV ESPACIO VERDE. MUNICIPALIDAD DE USHUAIA SECRETARÍA DWHÁBITAT Y ORDENAMIENTO TERRI ORIAL ,PROGRAMA bU UltDANIZACIÓN Adrián PARDO lálailab7"-- Rlio-t— '—' - 2,-Priase,cretirio Legislativo TIIMIr • SIMINI..01C.1O1sDrAIGvOoDtaEnAPmlAoNnIAhs.M1.1M44O44U4RnuIVnNinOunt., • INpareilie nInFoyecto: Concálo Dellberante de Ushuaia UROANISMO 31/013/201, 111~111111iIIINO.. 7-2 Arq,SÁNClirl .AIWT,"---- warireir . n: '‘ - ANEX011 DICAE10 MUNICIPAl N 9.5 ÁfieNti N, Ju n Carlos PINO Presidente "Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur, són-y_s_eiftg Ajte9t nte de Ushuala G FARI FERNANDEZ sefa Dpto. Desp cho General D. T. - S Municipalidad e-Ushuaia Proyincia de Tierra del Fuego "2017, aíio del 35" Ani yersario de la Gesta de Malyinas: Antártida e Islas del Allántico Sur Honor y Gloria a nuestros I léroes, ayer, hoy y siempre" =República Argentina= Municipalidad dé Ushuaia USHUAIA, 2 FMAY ni7 VISTO el expediente N° CD-3474/2017 del registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que mediante el mismo tramita la promulgación de la Ordenanza Municipal sancionada por el Concejo Deliberante de esta ciudad, en sesión ordinaria de fecha 10/05/2017, por medio de la cual se ratifica el todos sus términos el Decreto Municipal N° 1672/2016, mediante el cual se establecen ad-referéndum del Concejo Deliberante los indicadores urbanísticos de aplicación para el proyecto urbano denominado " Sector II — Faldeo de Andorra s/ Indicadores Urbanísticos", conforme a lo descripto en los Anexos I y II que corren agregados a la misma. Que ha tomado la intervención pertinente el Servicio Jurídico Permanente de esta 2 .1 M unicipalidad emitiendo el Dictamen S.L y T N° 3 /2017, recomendado su promulgación. Que el suscripto comparte el criterio sustentado por ese Servicio Jurídico, en contrándose prescripciones facultado para el dictado del presente acto a dministrativo, en atención a las de los artículos 152 inciso 3), 156 y 159 inciso 1) de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia. Por ello: EL PRESIDENTE DEL CONCEJO DELIBERANTE NC DE LA I NTENDENCIA MUNICIPAL DE USHUAIA DECRETA
ARTICULO 1°.- Promulgar la Ordenanza Municipal N0 5 2 4 sancionada por el Concejo Deliberante de la ciudad de Ushuaia en sesión ordinaria del día 10/05/2017, por medio de la cual se ratifica el todos sus términos el Decreto Municipal N° 1672/2016, mediante el cual se establecen ad-referéndum del Concejo Deliberante los indicadores urbanísticos de aplicación para el proyecto urbano denominado " Sector II — Faldeo de Andorra s/ Indicadores Urbanísticos", conforme a lo descripto en los Anexos I y II que corren agregados a la misma. Ello, en virtud de lo expresado en el exordio.
ARTICULO 2°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia. Cumplido, archivar. DECRETO MUNICIPAL N° 901 /2017. Marla Terela FERNAN s P11.10 liGuetall+ de Habitat y Ord. T al ,nte Munlipaiklad de Lieb •rite ile Ushisala ES COPIA EL ORIGINAL "Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur il8I/9 G 9t,r.thltaS" 5,1M:s Mu nicipalidad e Ushuaia