ARTÍCULO 1°.- AUTORIZAR el uso de la actividad "Rotisería y Copetín al Paso", con un solo local sanitario para el público de ambos sexos, a desarrollat-se en el predio identificado como Sección K, Macizo 2E, Parcela 1F, de la ciudad de Ushuaia.
ARTÍCULO 2°.- La excepción enunciada en el artículo 1° tendrá vigencia mientras la actividad se desarrolle en el denominado local "salón de venta", según plano obrante a foja 4 del Expediente DU 692-2017.
ARTÍCULO 3°.- REGISTRAR. Pasar al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación. Dar al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVAR. ORDENANZA MUNICIPAL N° SANCIONADA EN SESION ORDINIIIII1E2FECHA 05/04/2017.- E. ALE NDRO Juan Carlos PINO BEROLA Presidente tario Legislativo Concelo Deliberanle de Ushuaia Deliberante Ushuaia ORIGINAL ES COPIA FIEL DE Nanc lélá Respons ble Coordlhacialn _ y Despacho niNCEIO DELIBERANTE Ordenanza Numero: 5232 MIN/041Q 2/2 FAP FERNANDEZ Provincia de Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur Ye Opto. Des acho General D.T. - =República Argentina= Municipalidad Mshuaia Municipalidad de Ushuaia "2017, ailo del 35" Aniversario de la Gesta de Malvinas: Honor y Gloria a nuestros I léroes, ayer, hoy y siempre" USHUAIA, 02 MAY 717 VISTO el expediente N° CD-2576/2017 del registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que mediante el mismo tramita la promulgación de la Ordenanza Municipal sancionada por el Concejo Deliberante de esta ciudad, en sesión ordinaria de fecha 05/04/2017, por medio de la cual se autoriza el uso de la actividad " Rotisería y Copetín al Paso", con un solo local sanitario para el público de ambos sexos, a desarrollarse en el predio identificado como Sección K, Macizo 2E, Parcela 1F, de la ciudad de Ushuaia y la excepción enunciada en el articulo 1°, tendrá vigencia mientras la actividad se desarrolle en el denominado local " salón de venta", según plano obrante a foja 4 del Expediente DU 692-2017. o g Que ha tomado la intervención pertinente el Servicio Jurídico Perma nente de esta Municipalidad emitiendo el Dictamen S.L y T N° /2017, recomendado su promulgación. Que el suscripto comparte el criterio sustentado por ese Servicio Jurídico, encontrándose facultado para el dictado del presente acto administrativo, en atención a las prescripciones de los artículos 152 inciso 3) de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia. Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA DECRETA 5 2 3 2 .
ARTICULO 1°.- Promulgar la Ordenanza Municipal N° , sancionada por el Concejo Deliberante de la ciudad de Ushuaia en sesión ordinaria del día 05/04/2017, por medio de la cual se autoriza el uso de la actividad " Rotisería y Copetín al Paso", con un solo local sanitario para el público de ambos sexos, a desarrollarse en el predio identificado como Sección K, Macizo 2E, Parcela 1F, de la ciudad de Ushuaia y la excepción enunciada en el articulo 1°, tendrá vigencia mientras la actividad se desarrolle en el denominado local " salón de venta", según plano obrante a foja 4 del Expediente DU 692-2017. Ello, en virtud de lo expresado en el exordio.
ARTICULO 2°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia. Cumplido, archivar. 768 DECRETO MUNICIPAL N° /2017. D,S-a.ecc;er•i,,I:C-n..,vdL,eo,9.,i,,cM, p1•l,wdi.m,.,..t.lUes.-h3t. Walter Vuolo INTENDENTE hAutlintJalidad 61 Islas Malvinas, Geo ias y Sandwich del Sur, son y serán Argentinas"