Datos de la ordenanza
Número
5211
Fecha de sanción
15/03/2017
Vigencia
—
Tema
Sindicatura Municipal
Comisión
—
Descripción
ARTÍCULO 1°.- MODIFICAR el primer párrafo del artículo 32 de la Ordenanza Municipal N° 3455, el que quedará redactado de la siguiente manera: "
ARTÍCULO 32.- Todos los organismos sometidos a la jurisdicción de la Sindicatura General, deben remitir anualmente, dentro de los cuatro (4) meses de concluido el ejercicio, la rendición de cuentas que contendrá los siguientes requisitos, independientemente de lo que dispongan las normas que dicte la Sindicatura General Municipal".
ARTÍCULO 2°.- REGISTRAR. Pasar al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación. Dar al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVAR. ORDENANZA MUNICIPAL N° 5 2 1 1 SANCIONADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA 15/03/2017.-
Vínculos con otras ordenanzas
Esta ordenanza modifica a:
N° 3455
ARTICULO 1°.- La Sindicatura General Mu
Asunto de origen
Asunto 101/2017
Remite proyecto de ordenanza
Proyecto que, al sancionarse, dio esta ordenanza.
Tratado en sesión
Asunto
101/2017 —
Taquigráfica N° 2/2017 — 15/03/2017
(Asunto 101/2017, expediente 313/2003)
Ir al debate (pág. 34)
Salta al debate del asunto que dio origen a la ordenanza.
Documento