ARTÍCULO 1°.- ESTABLECER para la parcela identificada catastralmente como Sección C, Macizo 39, Parcela 02, del ejido urbano de la ciudad de Ushuaia, los indicadores urbanísticos establecidos en el Anexo I que corre agregado a la presente.
ARTÍCULO 2°.- Lo establecido en el artículo 1° quedará condicionado a la cesión de una franja de 2,30 metros de ancho sobre el lindero oeste de la parcela, de modo tal de consolidar en un futuro el completamiento de la proyección de la calle Hilario Azcasubi y a la rectificación de la apertura de la calle Cabo Moyano, conforme a la mensura actual, a costa y cargo del propietario de la parcela.
ARTÍCULO 3°.- AUTORIZAR la subdivisión simple del lote conforme a la propuesta obrante en fojas 9 del Expediente DU 6637/2015, para el desarrollo del proyecto que se tramita mediante el mencionado expediente.