ARTÍCULO 1°.- INCORPORAR el siguiente artículo al Anexo I de la Ordenanza Municipal N° 1494, de acuerdo al croquis que como Anexo I forma parte integral de la presente: "
ARTÍCULO 521.- DENOMINAR Esteban Nicolás Loncharich a la calle delimitada al norte por tierras fiscales sin mensurar, al sur por la avenida Héroes de Malvinas; al este por los macizos O-1, O-1A y Quinta 4; y al oeste por los Macizos O-2C, 3A, 4A, 4B, 4C, 5A, 5B, 5C, 6D y 6C."
ARTÍCULO 2°.- INCORPORAR el siguiente artículo al Anexo I de la Ordenanza Municipal N° 1494, de acuerdo al croquis que como Anexo I forma parte integral de la presente: "
ARTÍCULO 522.- DENOMINAR Herminia Vera a la calle delimitada al norte por los Macizos O-5l y O-5A; al sur por los Macizos O-5H y O-5B; al este por la calle Valle de los Coihues; y al oeste por la calle Esteban Nicolás Loncharich."
ARTÍCULO 3°.- INCORPORAR el siguiente artículo al Anexo I de la Ordenanza Municipal N° 1494, de acuerdo al croquis que como Anexo 1 forma parte integral de la presente: "
ARTÍCULO 523. - DENOMINAR Orlando Pontoni a la calle delimitada al norte por los macizos O-6 y O-5H; al sur por los macizos O-6A y O-5G; al este por la calle Camino del Valle; y al oeste por la calle Cabo San Pío."
ARTICULO 4°.- INCORPORAR el siguiente artículo al Anexo I de la Ordenanza Municipal N° 1494, de acuerdo al croquis que como Anexo I forma parte integral de la presente:
"
ARTICULO 524. - DENOMINAR Rae Natalie Prosser De Goodall a la calle delimitada al norte por los Macizos O-3C, O-3B y O-3A; al sur por los Macizos O-4F y O-4A; al este por la calle Valle de los Coihues; y al oeste por la calle Esteban Nicolás Loncharich." ART'CULO 5°.- INCORPORAR el siguiente artículo al Anexo I de la Ordenanza Municipal N° 1494, de acuerdo al croquis que como Anexo I forma parte integral de la presente.
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ARTÍCULO 524. - DENOMINAR Don Vicente Martínez a la calle delimitada al norte por los Macizos O-4F y O-4A; al sur por los Macizos O-4E y O-4B; al este por la calle Valle de los Coihues; y al oeste por la calle Esteban Nicolás Loncharich."
ARTÍCULO 6°.- SUSTITUIR el croquis del Anexo I de la Ordenanza Municipal N° 4559, por el Anexo I de la presente.
ARTÍCULO 7°.- REGISTRAR. Pasar al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación. Dar al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVAR.
ORDENANZA MUNICIPAL N° 4904
SANCIONADA EN SEGUNDA LECTURA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA 26/08/2015.-