Datos de la ordenanza
Número
490
Fecha de sanción
20/01/1989
Vigencia
NO
Decreto
1989
Tema
Transporte / Tránsito
Comisión
Policía Municipal
Descripción
Artículo 3° de la misma.-
Que el Intendente Municipal se encuentra facultado por Ley
Territorial N° 236, art. .81 para ordenar al respecto.-
Por ello:
EL PRESIDENTE DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
A/C DE LA INTENDENCIA MUNICIPAL
SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE:
ORDENANZA
ARTICULO 1°.- Modifíquese el art.3° de la Ordenanza Municipal N° 482/88
el que quedará redactado de la siguiente manera:"
ARTICULO 3°, PROHIBESE
el estacionamíento de camiones, camiones con acoplados y/o semi-remolques
dentro del Ejldo Urbano salvo en los lugares expresamente autorizados
por la Municipalidad.-
ARTICULO 2°.- Regístrese, dése copia al Boletín Oficial del Territorio,
Cumplido, ARCHIVESE.-
ORDENANZA MUNICIPAL N° 4190 /89
Observaciones
NULL
Vínculos con otras ordenanzas
Esta ordenanza modifica a:
N° 482
ARTICULO l': FIJASE, nd-RofProndum dul H
Esta ordenanza fue derogada por:
N° 1821
ARTICULO 1°.- CONSIDERASE Tránsito pes
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