Ordenanza N° 4728 —

Datos de la ordenanza
Número
4728
Fecha de sanción
24/09/2014
Vigencia
—
Tema
Tránsito / Ordenamiento Urbano
Comisión
—
Descripción

ARTÍCULO 1º.- RESERVAR el nombre "Costa de Barrancas" para la futura calle proyectada en tierras fiscales sin mensurar, de la Sección J, que nace en el tramo de la Ruta Nacional Nº 3, denominado Presidente Doctor Raúl Ricardo Alfonsín, ingresa a tierras fiscales sin mensurar entre el Macizo J-37 y el macizo 182 del plano de mensura que como Anexo I forma parte integral de la presente, delimitada al norte por los macizos J-37 y los macizos identificados en el Anexo I como 186, 187, 188, 189, 190 y 180; al sur por los macizos identificados en el Anexo I como 182, 186, 184 y 183, y finaliza en la misma Ruta, luego de atravesar el Macizo J-1.

ARTÍCULO 2º.- RESERVAR el nombre "Gavilán Campestre" para la futura calle proyectada en tierras fiscales sin mensurar, de la Sección J, que nace en el Macizo J-2, delimitada al oeste por los macizos identificados en el Anexo I como 194, 193, 192, 191 y 190; al este por el macizo identificado en el Anexo I como 181, y finaliza en la calle prevista en el artículo 1º.

ARTÍCULO 3º.- RESERVAR el nombre "Costa de Barrancas Sur" para la calle sin nombre que nace en la calle prevista en el artículo 1º de la presente, delimitada al sur por el macizo identificado en el Anexo I como 182, al norte por los macizos identificados en el Anexo I como 182, 186, 184 y 183, y finaliza en la calle prevista en el artículo 1º.

ARTÍCULO 4º.- RESERVAR el nombre "Martineta" para la futura calle proyectada que nace en la calle prevista en el artículo 2º, delimitada al oeste por los macizos identificado en el Anexo I como 191, 189 y 184; al este por los macizos identificados en el Anexo I como 190 y 183, y al sur por la calle prevista en el artículo 3º.

ARTICULO 5º.- RESERVAR el nombre "Pingüino Emperador" para la futura calle proyectada en tierras fiscales sin mensurar, de la Sección J, delimitada al oeste por la calle proyectada prevista en el artículo 1º, al norte por los Macizos J-36 y los macizos identificados en el Anexo I como 192 y 191; al sur por los macizos identificados en el Anexo I como 186, 187, 188 189, y finaliza en la calle prevista en el artículo 4º.

ARTICULO 6º.- RESERVAR el nombre "Remolinera negra" para la futura calle proyectada en tierras fiscales sin mensurar, de la Sección J, que nace en la calle prevista el artículo 4º, delimitada al oeste por el Macizo J-36 y los macizos identificados en el Anexo I como 193 y 187; al este por los macizos identificados en el Anexo I como 192, 188, 186; y al sur por la calle prevista en el artículo 1º.

ARTÍCULO 7º.- RESERVAR el nombre "Sobrepuesto" para la futura calle proyectada en tierras fiscales sin mensurar, de la Sección J, que nace en la calle prevista en el artículo 4º, delimitada al oeste por los macizos identificados en el Anexo I como 192, 188, 186; al este por los macizos identificados en el Anexo I como 191, 189 y 184; y al sur por la calle prevista en el artículo 3º.

ARTÍCULO 8º.- RESERVAR el nombre "Ostrero Austral" para la calle sin nombre de la Sección J, que nace en el tramo de la Ruta Nacional Nº 3, denominado Presidente Doctor

Raúl Ricardo Alfonsín, delimitada al oeste por el Macizo J-37; al este por los Macizos J-2 y J- 36, y finaliza en la calle prevista en el artículo 5º.

ARTÍCULO 9º.- RESERVAR el nombre "Chingolo" para la calle sin nombre de la Sección J, que nace en la calle prevista en el artículo 8, delimitada al oeste por el Macizo J-36; al este por los Macizos J-2 y J-3, y finaliza en el Macizo J-36.

ARTÍCULO 10.- RESERVAR el nombre "Martín Pescador" para la calle sin nombre de la Sección J, que nace en la calle prevista en el artículo 4º, delimitada al norte por el Macizo J- 2; al sur el Macizo J-3 y el macizo identificado en el Anexo I como 194.

ARTÍCULO 11.- RESERVAR el nombre "Zamuro" para la calle sin nombre de la Sección J,

que nace en la calle prevista en el artículo 10º, delimitada al oeste por el Macizo J-3; al este por los macizos identificados en el Anexo I como 194 y 193, y finaliza en la calle prevista en el artículo 6º.

ARTÍCULO 12.- RESERVAR el nombre "Rayadito" para la futura calle proyectada en tierras fiscales sin mensurar, de la Sección J, que nace en la calle prevista en el artículo 4º, delimitada al norte por el macizo identificado en el Anexo I como 194; al sur por el macizo identificado en el Anexo I como 193; y finaliza en la calle prevista en el artículo 11.

ARTÍCULO 13.- RESERVAR el nombre " Lechuza Bataraz" para la futura calle proyectada en tierras fiscales sin mensurar, de la Sección J, que nace en la calle prevista en el artículo 5º, delimitada al oeste por el macizo identificado en el Anexo I como 186; al este por el macizo identificado en el Anexo I como 187; y finaliza en la calle prevista en el artículo 1º.

ARTÍCULO 14.- RESERVAR el nombre "Macá Plateado" para la calle sin nombre, de la Sección J, que nace en la calle prevista en el artículo 9º, delimitada al norte por el Macizo J- 3; al sur por el Macizo J-36; y finaliza en la calle prevista en el artículo 6º.

ARTÍCULO 15.- Las nominaciones asignadas en la presente quedarán definitivas al momento de la registración del plano de mensura, con el cumplimiento de los acuerdos previstos en el marco de las Ordenanzas Municipales Nº 1625 y 2135.

ARTÍCULO 16.- REGISTRAR. Pasar al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación. Dar al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVAR.

ORDENANZA MUNICIPAL Nº 4728

SANCIONADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA 24/09/2014.-

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Palabras claves
Ubicación catastral
Macizo 182 Sección J
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