ARTÍCULO 1º.- AUTORIZAR la mensura y subdivisión de la parcela identificada como Sección F, Macizo 62, Parcela 1 de la ciudad de Ushuaia, en dos (2) parcelas conforme al Anexo I que forma parte de la presente.
ARTÍCULO 2º.- Lo establecido en el Artículo 1º quedará condicionado a la ejecución de los muros cortafuego en la parcelas denominadas 1a y 1b, según el croquis que como Anexo I corre agregado a la presente ordenanza.
ARTÍCULO 3º.- Para las parcelas resultantes de la subdivisión no será de aplicación el Artículo V.1.6. Parcelas Atípicas, del Código de Planeamiento Urbano.
ARTÍCULO 3º.- REGISTRAR. Pasar al Departamento Ejecutivo Municipal para promulgación. Dar al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVAR.
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 4590
SANCIONADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA 30/04/2014.-