Ordenanza N° 470 NO

Datos de la ordenanza
Número
470
Fecha de sanción
23/11/1988
Vigencia
NO
Decreto
921
Tema
Tránsito
Comisión
Policía Municipal
Descripción

ARTICULO 1º.. EXCEPTUASE del pago de multa por ausencia de tarjeta de estacionamien

to medido, a todo vecino que resida en forma permanente en la extensión de la calle

San Martín, entre Guaraní y Yaganes, y el vehículo estg estacionado en la cuadra de

su domicilio real.-

ARTICULO 20/. Para ser benefíciario de esta excepción, el vecino deberá tener su do.

micilio real en el Documento Nacional de Identidad, además de solícitar una tarjeta

identificatoría que a los efectos habrá de entregar el Departamento Tránsito da /

nuestra Municipalídad, en la que constará: a) Domicílio real del propietario; b) /

A pellido y nombres; c) Dominio del vehículo; d) Cuadra precisa donde es beneficia-/

río de esta excepci6n.—

ARTICULO 3º.- Dgse a publicidad. CUmplimgntese por parte del Ejecutivo Munícipal la

confeccAn de la citada tarjeta.-

ARTICULO 4º.. R istresee Pase al Departamento Ejecutívo para su promulgaci6n. /

Cumplido ARCHIVE E.-

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ORDENANZA MUNICIPAL nro. /410/88..

DAEA EN SESIGW ORDINARIA DE FECHA: 23/11/1988..

OrdiettnUaatniczl a Numerdoe:l4a7Z0letta del gaego, USHUAIA, 9 ü - 6 11 c 1

2/2 b4itMttida Pikt iL dtláttfied. Stn

MUNICIPALÍDp DE USHUAIA

VISTO: La Ordenanza Municipal N° L11-0 /88, sancionada por el Honora-

ble Concejo Deliberante de la ciudad de Ushuaia; y

CONSIDERANDO:

Que por la misma se exceptGa del pago de multa por ausencia de tar-

jeta de estacionamiento medido, a todo vecino que resida en forma permanente

en la extensión de la calle san Martín, entte Guaraní y Yaganes k y e1 vehí-

culo esté estacionado en la cuadra de su domicillo;

Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA

DECRETA

ARTICULO 1 0 . PROMULGAR la OrdenanZa Municipal N° t r 7' 0 /88, sahcionada por

el Honorable Concejo Deliberante por la cual se exceptGa de1 pago de múlta

por ausencia de tarjeta de estacionamiento medido, a todo vecino que resida

en forma permanente en la extenSi6n de la calle San Martín, entre Guataní

y Yaganes, y el vehículo esté estacionado en la cuadra de su domicilio real.

411TICULO 2° Comuníquese a quienesICotresponda bése copia al Boletín Oficial

del Territorio. Cumplido ARCHIVESE:'

bECRETO MUNICIPAL N°92 1 /88

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Observaciones
derogada por 944/92
Vínculos con otras ordenanzas
Esta ordenanza fue derogada por:
N° 944 Artículo 101o, Inciso 7, para promover