Datos de la ordenanza
Número
4582
Fecha de sanción
30/04/2014
Vigencia
NO
Tema
Tránsito / Ordenamiento Urbano
Comisión
—
Descripción
ARTÍCULO 1º.- AUTORIZAR un espacio reservado en la vía pública de siete (7) metros con la leyenda "Estacionamiento Reservado para Persona con Discapacidad", en la calle Primer Argentino N° 358.
ARTÍCULO 2°.- INSTRUIR a la Secretaría de Desarrollo y Gestión Urbana que, a través del área que corresponda, proceda a la implantación de las señales correspondientes.
ARTÍCULO 3°.- EXCEPTUAR al frentista indicado en el artículo 1° de la presente, como contribuyente del pago de la tasa mensual por espacio reservado en la vía pública, estipulado en la Ordenanza Tarifaria (Ordenanza Municipal N° 3501).
Vínculos con otras ordenanzas
Esta ordenanza fue derogada por:
N° 5131
ARTÍCULO 1°.- AUTORIZAR el otorgamient
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