ARTÍCULO 1º.- AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar un proyecto urbanístico integral para la parcela denominada catastralmente como F-120-4, la que se encuentra afectada a los beneficiarios del Programa Nacional PROCREAR, dándole al
mismo el carácter de proyecto de interés social, pudiéndose generar parcelas menores a lo establecido por el Código de Planeamiento Urbano para la zona en la que se encuentran ubicadas.
ARTÍCULO 2º.- El Departamento Ejecutivo Municipal deberá mediante decreto reglamentario establecer los indicadores urbanísticos para las parcelas que surjan del proyecto mencionado en el artículo 1º.
ARTÍCULO 3º.- REGISTRAR. Pasar al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación. Dar al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVAR.
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 4551
SANCIONADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA 26/03/2014.-