Datos de la ordenanza
Número
4546
Fecha de sanción
26/02/2014
Vigencia
NO
Tema
Tránsito / Ordenamiento Urbano
Comisión
—
Descripción
ARTÍCULO 1º.- AUTORIZAR un espacio reservado en la vía pública de siete (7) metros con la leyenda "Estacionamiento Reservado para Persona con Discapacidad", sito en 25 de Mayo 350.
ARTÍCULO 2º.- INSTRUIR a la Secretaría de Desarrollo y Gestión Urbana a que, a través del área que corresponda, proceda a la implementación de las señales correspondientes.
ARTÍCULO 3º.- EXCEPTUAR a los frentistas de lo indicado en el artículo 1° de la presente, como contribuyente del pago de la tasa mensual por espacio reservado en la vía pública, estipulado en la ordenanza tarifaria vigente, Ordenanza Municipal N° 3501.
Vínculos con otras ordenanzas
Esta ordenanza fue derogada por:
N° 5131
ARTÍCULO 1°.- AUTORIZAR el otorgamient
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