ARTÍCULO 1º.- AUTORIZAR el uso "Producción y Distribución de Agua" para la obra de Ampliación de la Cisterna Le Martial de la Planta Potabilizadora Nº 2- Arroyo Buena Esperanza, ubicada en tierras fiscales sin mensurar de la Sección U del ejido urbano de la
ciudad de Ushuaia (sobre la calle Luis Fernando Martial) de dominio municipal y cuyo ocupante es la Dirección Provincial de Obras y Servicios Sanitarios (D.RO.S.S.), que se tramita mediante Expediente de Obra N ° 98/2013 del registro municipal.
ARTÍCULO 2º.- FACULTAR al Departamento Ejecutivo Municipal para aprobar la documentación de obra y extender el correspondiente Permiso de Inicio, una vez cumplidos todos los requisitos inherentes a la tramitación del expediente mencionado en el artículo 1º de la presente ordenanza, conforme las pautas establecidas en la normativa vigente.
ARTÍCULO 3º.- REGISTRAR. Pasar al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación. Dar al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVAR.
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 4302
SANCIONADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA 24/04/2013.-